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AFIP informa que hasta el 17 de agosto habilita la re categorización de los monotributistas

Este procedimiento es obligatorio dos veces al año.

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SALTA (Redacción) – La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó hasta el 17 de agosto el plazo para la re categorización de monotributistas. Con esta medida, se busca garantizar que las y los pequeños contribuyentes realicen el procedimiento con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal.

La iniciativa permite a los contribuyentes evaluar qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo a su actividad durante los últimos 12 meses. Las escalas actualizadas pueden consultarse en el portal monotributo.afip.gob.ar. Los montos de facturación regirán para el período comprendido entre el 1º de agosto y el 31 de enero de 2022.

La re categorización es un procedimiento obligatorio que se realiza dos veces al año donde las y los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo a su actividad durante los últimos 12 meses. Cuando no corresponda modificar la categoría, las personas deben confirmar su permanencia en la que corresponda.

Además, la AFIP instrumentó los beneficios para monotributistas. La reglamentación retrotrajo los valores mensuales de las cuotas correspondientes al período enero-junio de 2021. Estableció también una moratoria para regularizar deudas en hasta 60 cuotas y reglamentó la permanencia en el régimen simplificado para quienes fueron excluidos por distintos motivos.

En relación a los vencimientos, el organismo lo postergó hasta el 27 de agosto. Y en lo que respecta al pago del impuesto del mes de junio que fue pospuesto, el vencimiento es el próximo 5 de agosto. El pago se debe realizar según las escalas anteriores del monotributo correspondientes a la Ley 27.618 que también pueden consultarse en el Portal de AFIP.

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