SALTA (Redacción) – Esta semana, una insólita resolución judicial despertó llamó la atención de todo el país. Dos mujeres enfrentaban un proceso penal luego de haber sido detenidas por poseer estupefacientes con fines de comercialización. Sin embargo, el juez decidió absolverlas porque portaban cocaína de mala calidad. Incluso, sostuvo que por este motivo no podía considerarse que este producto fuera droga. Sin embargo, otro magistrado las condenó en una instancia superior.
De acuerdo a lo que consigna el portal Crónica, este polémico caso ocurrió en Jujuy. En esa ocasión, el juez del Tribunal Oral Federal de Jujuy, Abel Fleming, dictó el fallo absolutorio par las imputadas. Incluso, en el dictamen advirtió con ironía que «quienes venden una sustancia tan degradada, en vez de afectar la salud pública, la cuidan». Asimismo, apuntó que en esta había secuestrado «100 ravioles, que totalizaron apenas 8 gramos de cocaína».
Cocaína de mala calidad
Ante esta evidencia, el magistrado expresó que «para consumir una dosis con efecto umbral se debían injerir 11 ravioles». A continuación, señaló: «En los fundamentos del fallo dije que esta gente vendía humo, una expectativa que no se cumple». Incluso, calificó a esta instancia como «una estafa a los consumidores«. Por este motivo, afirmó: «Podría agregar con esa misma ironía que quienes venden una sustancia tan degradada, en vez de afectar la salud pública, la cuidan». Justamente, el principal argumento de Fleming fue que, al estar tan estirada, la sustancia «es un placebo».
Según publica la agencia de noticias DDN, este caso se había iniciado a fines de julio 2019. En ese momento, la Brigada de Narcotráfico de Palpalá de la Policía de Jujuy recibió la información de que se vendía droga en una casa del barrio Alto Comedero. Tras realizar tareas de inteligencia, y hasta filmar cómo se comercializaban estupefacientes bajo la modalidad de pasamanos, allanaron esta propiedad. De esta manera, detuvieron a dos mujeres de 52 y 28 años, y secuestraron 101 envoltorios de cocaína y 2.600 pesos.
A manera de conclusión, el magistrado argumentó: «En mi entendimiento no cometieron un delito. Para decir que se trata de estupefacientes una sustancia tiene que poder ser susceptible de producir una dependencia física o psíquica. Creo que la droga así estirada no produce eso». Posteriormente, la fiscalía de juicio apeló esta decisión, y el caso llegó a la Cámara Federal de Casación Penal. Allí, el juez Guillermo Yacobucci condenó a las acusadas. Sin embargo, las imputadas aseguraron que apelarán este dictamen. En este orden, las dos mujeres esperan en libertad hasta que la sentencia avalada por la Cámara de Casación.