SALTA (Redacción) – La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) adhiere a la resolución tomada por la AFIP, respecto a la reducción del 20% de los honorarios que los contribuyentes pagan a los abogados que se encuentran involucrados en juicios de ejecución fiscal. La medida se implementó por medio de la disposición 375/2019 y entrará en vigencia a partir del 16 de octubre .
El presidente de CAME, Gerardo Díaz Beltrán, señaló que la resolución tiene que favorecer a aquellas empresas que se encuadran dentro de las PyMES. En referencia a la temática aludió “si a una pequeña o mediana empresa le va mal y, por ende, no puede cumplir con las obligaciones fiscales, el propio Estado termina de liquidarla ante una ejecución fiscal y el pago de los honorarios de los abogados que la AFIP designó”,
Cabe recordar que los agentes los agentes y representantes fiscales designados por la AFIP que patrocinan al fisco, y que tienen a su cargo la gestión y la cobranza de ejecuciones fiscales interpuestas por la entidad tributaria. Es decir con la anterior Disposición el contribuyente pagaba en el 5 al 12.86%, según el estado judicial en el que sen encuentre la causa. Con la nueva modificación el porcentaje estará ente el 4 al 10.40%.
La CAME explicó con ejemplos cuales serían de forma gráfica los cambios en el porcentaje de pagos judiciales y como se aplicarían. El presidente del organismo expuso «una deuda cuyo vencimiento es el 20/05/2019 de cualquier impuesto con un importe de capital de $ 500.000, la boleta de deuda se origina el 23/06/2019, el inicio de demanda sería 02/07/2019, la fecha de pago del capital y los intereses el 01/09/2019.»
La modificación entrará en vigencia el 16 de octubre, por lo que se aplicaran nuevos porcentuales a todas las ejecuciones fiscales en trámite en la que, a esa fecha, aún no se hayan estimados honorarios. Por otra parte, la CAME hizo hincapié en que, una vez cancelada la deuda el levantamiento del embargo no debería demorar más de 72 horas.