SALTA (Redacción) – La veda electoral entró en vigencia a las 8. A partir de ese momento, quedaron formalmente restringidas todas las actividades proselitistas a lo largo de la Provincia de Salta. En caso de que la Justicia Electoral compruebe que se incurra en alguna violación a la normativa, podrá sancionar a los partidos políticos. Además, los ciudadanos también deberán respetar una serie de disposiciones hasta el domingo 6. La situación se normalizará tres horas después de que hayan terminado los comicios.
En base a los lineamientos determinados por el Código Nacional Electoral, la veda comienza el viernes previo a la realización de las Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorios (PASO). A partir de las 8, ningún frente o precandidato a cargos provinciales puede llevar a cabo algún tipo de acción vinculada con su campaña. Al mismo tiempo, también se dispuso que los diarios, las radios, los canales de televisión y las plataformas web dejen de emitir los spots de los postulantes salteños.
Asimismo, está prohibido que los partidos políticos difundan encuestas o proyecciones hasta el fin de la veda, que acontecerá a las 21 del domingo 6. Durante ese lapso, tampoco se podrán asociar a los dirigentes con el que cargo al que aspiran o el frente electoral al que representan. en caso de que se corrobore de algún precandidato haya incumplido estos términos, su agrupación podrá afrontar una serie de sanciones. En ese orden, se contempla la quita de cualquier respaldo económico por parte del Estado o, en tal caso, limitar el acceso al financiamiento de la campaña.
Prohibiciones y sanciones
Por otra parte, la Ley electoral también estipula una serie de restricciones para los ciudadanos de la Provincia. En ese marco, durante esta jornada cívica no se podrán llevar adelante ninguna clase de espectáculos masivos, sociales, deportivos y culturales. Esta normativo rige sobre los acontecimiento que se realizan tanto en espacios cerrados como al aire libre. En tanto, la venta de bebidas alcohólicas en todo el distrito estará prohibida entre las 21 del sábado y las 21 del domingo.
A su vez, no se podrán efectuar reuniones partidarias en cercanías de los establecimientos a los que la ciudadanía concurrirá a emitir su sufragio. Precisamente, la legislación indica que a menos de ochenta metros de las instituciones en las que se vota no podrán estar abiertos las agrupaciones locales. Asimismo, subrayaron que está prohibido el reparto de boletas y volantes en la vía pública. Al mismo tiempo, remarcaron que los inmuebles que se ubiquen este rango tampoco podrán funcionar como depósitos de armas.
En caso de que las fuerzas de seguridad que custodiarán la jornada encuentren a alguna persona violando alguno de estos requerimientos, podrán estar expuestos las siguiente sanciones. En primer lugar, los individuos que organicen espectáculos o eventos deportivos durante la veda recibirán penas de entre quince días y seis meses de cárcel. Justamente, este mismo castigo se aplicará a los comerciantes o particulares vendan bebidas alcohólicas en el período de restricción.
Por otra parte, aquellos que traten de inducir a otra persona para que emitar su voto de una determinada manera afrontarán una pena de entre dos meses y dos años de presión. En tanto, los sujetos que intenten realizar una violación al carácter «secreto» del sufragio podrán recibir una condena de hasta tres años. Por último, también habrá multas económicas para los frentes. En caso de que los precandidatos incurran en alguna falta durante la vida, se les impondrá el abono de entre diez mil y cien mil pesos.