SALTA (Redacción) – Tras la aprobación en la Cámara de Diputados de la provincia de la intervención al Municipio de Salvador Mazza y, a su vez, la destitución de Rubén Méndez como intendente, hoy se conoció el nombre de quien será el interventor en la localidad fronteriza. Adrián Zigarán será el interventor y mañana se confirmará su designación como intendente interino hasta diciembre del año 2023.
Zigarán también ha sido el interventor del Municipio de Aguaray, tras las destitución del jefe comunal Enrique Prado. El interventor designado por el gobierno provincial es un hombre cercano y de confianza al gobernador Gustavo Sáenz, pasará sin escala de estar al frente de Aguaray a Salvador Mazza, por eso se dice que se oficializará mañana después de que asuma el intendente electo de aquel municipio.
Aguaray había sido intervenido en el mes de octubre del año pasado. Guillermo Alemán es el intendente electo de esta localidad y cuando asuma en su nuevo cargo, Zigarán dejará de ser el interventor. La intervención a este municipio se había dado por el robo de caños del gasoducto del NEA, lo que se convirtió en un verdadero escándalo político por ese entonces.
Zigarán además de haber cumplido el rol de interventor municipal, también fue secretario de Participación Ciudadana y Relaciones de la Comunidad, como también otras funciones en la administración pública. Asimismo, había sido nombrado interventor del Mercado San Miguel y fue uno de los primeros en denunciar el robo de caños para el gasoducto. A estas funciones, se le sumará el papel de ser el interventor de Salvador Mazza.
La investigación a Rubén Méndez
Rubén Méndez y miembros de su familia como de su equipo de gobierno están siendo investigados por enriquecimiento y asociación ilícita, sumada a negociaciones incompatibles en lo que compete al ejercicio de la función pública. La decisión de intervenir el Municipio de Salvador Mazza fue para normalizar una situación de crisis o gravedad institucional, como lo determina la Constitución de la Provincia en su artículo 179, inciso 2.