SALTA (Redacción) – En la Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante, los concejales aprobaron un proyecto de Ordenanza que regula la circulación vehicular en las ‘calles de convivencia’ del microcentro salteño. Allí se dispuso que el límite máximos de velocidad es de 20 km/h en las calles céntricas. Quienes no cumpla con la normativa, tendrán que pagar una multa de $6.286.
La ordenanza N° 14.395, también establece que se prohíbe el estacionamiento, sobre ambas aceras, de estas calles, las infracciones serán sancionadas con multas de entre 100 y 200 Unidades de Falta. Por otra parte, se aprobó que solo podrán circular vehículos cuyo peso máximo sea de 4,6 toneladas, incluido el peso del vehículo y su carga, quedando al margen los vehículos pesados.
Se exceptúan de esta restricción a los vehículos de emergencia, de transporte postal o de valores bancarios, los que realicen tareas de abastecimiento a establecimientos ubicados en ellas. Los ediles manifestaron que la medida favorecerá a los ciudadanos.
En esta línea se encuentran aquellos vehículos que presten servicios, excluyendo a los de transporte de pasajeros privados brindado a través de unidades de semipiso y doble piso. Los representante los concejales, explicaron a que se denomina «calles de convivencia»: es la que esta destinada preferentemente a la circulación peatonal, donde se admite la circulación restringida de los vehículos.
Los concejales consignaron cuales son ‘calles de convivencia’: Calle Caseros, tramos desde calle Pellegrini/25 de Mayo hasta calle La Florida/Balcarce y desde calle Alberdi/Mitre hasta calle Santa Fe/Juramento; Calle España, desde calle Balcarce hasta calle Juramento. Esta última, desde calle Caseros hasta Paseo Güemes; Calle Pueyrredón, desde calle Caseros hasta avenida Belgrano; Calle Dean Funes, entre calle España y avenida Belgrano; Calle Zuviría, desde calle Caseros hasta avenida Belgrano; Calle Alberdi, desde avenida San Martín hasta calle San Juan; y Calle Mitre, entre calles Caseros y España.