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Conocé cuál es la documentación necesaria para viajar en estas vacaciones

Registro Civil compartió la documentación necesaria para viajar con o sin niños

Registro Civil - Fuente: salta.gov.ar
Registro Civil - Fuente: salta.gov.ar

SALTA (Redacción) – Comenzó la temporada de vacaciones y muchos grupos de amigos y familias salteñas planifican sus viajes. Para ello, el Registro Civil recuerda a la comunidad, ante el inicio de la temporada Verano 2020, cuáles son los requisitos para viajar dentro del país, al extranjero y con menores. Es necesario poseer DNI tarjeta, pasaportes actualizados, visas y autorizaciones legales.  Estos son algunos de los documentos que se deben tener en cuenta para viajar.

El organismo del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia compartió con la sociedad la información que, para moverse por el territorio nacional, países del Mercosur y Estados Asociados los argentinos mayores de 18 años deberán contar con el DNI tarjeta. En caso de trasladarse a países fuera del Mercosur será imprescindible tener a mano el pasaporte actualizado y la visa correspondiente, si el país de destino así lo requiere.

Por otro lado, en caso de viajar con menores, ambos progenitores, deberán acreditar el vínculo parental mediante libreta cívica de familia, partida de nacimiento o DNI del menor actualizado, en donde consten los datos filiatorios. En el caso que el menor viaje sólo con uno de sus padres, además de demostrar la relación familiar, se deberá contar con la autorización legal del padre ausente durante el viaje.

También, se da el caso de que los niños viajen en compañía de un tutor o curador. En la ocasión, se deberá presentar la resolución judicial correspondiente que acredite dicha designación. Las autorizaciones pueden tramitarse ante escribanos, cónsules argentinos y extranjeros, jueces competentes, jueces de paz y oficinas de la Dirección Nacional de Migraciones. Y la documentación debe tener las firmas de los padres.

Por último, se aclara que la documentación deberá estar debidamente legalizada o certificada, llevan el original y copias. Cuando se trate de escrituras o instrumentos públicos o privados emanados por autoridades extranjeras, los mismos deberán estar legalizados o apostillados y deberán contar con la traducción correspondiente si estuviese redactado en otro idioma.

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