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SOCIEDAD

Salta volvería a Fase 1: la decisión que evalúa Sáenz para la capital salteña

El COE Provincial ordenaría suspender casi todas las actividades permitidas los domingos

Fase 1
Bares de Salta

SALTA (Redacción) – Este viernes se filtró un texto con las medidas que tomaría del Comité Operativo de Emergencia (COE) de la Provincia. Por lo que, en caso de ser oficial, se volvería a emitir una resolución que restringiría las libertades individuales de los salteños. En esta oportunidad las polémicas medidas impactarían en la Capital de Salta, donde se podrían suspender varias actividades. Sin embargo, la mayor polémica gira en torno al probable cierre total que se realizaría los domingos.

Si bien el texto con una resolución del Gobierno Provincial no fue oficializada, no sería descabellado tenerlo en cuenta como posible. Cabe recordar que este viernes ya prohibió la circulación de las personas durante la noche. En primer lugar, el texto borrador al que tuvo acceso SALTA4400, indica que el COE ordenaría la suspensión de actividades en la Capital. «Las actividades deportivas grupales, gimnasios, circulación y permanencia en plazas y parques urbanos», apunta el documento que evalúa el Gobierno.

En segundo lugar, el Ejecutivo de la Provincia también estaría evaluando suspender en la Capital de Salta casi todas las actividades permitidas durante los domingos. «Las actividades gastronómicas; la apertura de centros comerciales, supermercados y comercios en general. Así como actividades recreativas en parques y plazas; artísticas, culturales, religiosas y deportivas», señala el texto que no se oficializó. Mientras, las redes se hacen eco del documento y del silencio de las autoridades que tampoco salieron a desmentirlo.

El borrador que estudia aplicar el Gobierno Provincial

La advertencia con la Ley 8191

En tanto, cabe apuntar que la polémica prendió las alarmas de la Capital y el texto aclara cuáles serían las actividades que no están incluidas. «Con excepción de los servicios esenciales de salud, seguridad, estaciones expendedoras de combustible, delivery de alimentos, comercios de proximidad (drugstores, despensas, y kioscos) y farmacias», completa el texto. También indica que tendría vigencia hasta el 30 de agosto.

Por último, el artículo 3 del texto que se filtró advierte: «Disponer que las conductas que transgredan las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria, y de la presente en particular, serán pasibles de las previsiones de los artículos 202, 205 y concordantes del Código Penal y lo establecido en la Ley N° 8.191». Como bien se informó, esta última normativa, que derivó del Decreto 255, generó varios casos de abuso policial. Incluso se discute su posible derogación tras la denuncia de DD.HH. de la Nación

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