SALTA (Redacción) – En el marco de la pandemia de Coronavirus, las restricciones se volvieron parte de las normas de convivencia que pensábamos las habíamos aprendido a todas. La nueva normalidad exigió y lo continúa haciendo, más determinaciones que permitan adaptar nuestro “modus operandi” a los tiempos que corren. Por ello, el gobierno nacional resolvió medidas que afectan la ley de los consumidores e incluye nuevos beneficios.
El Gobierno Nacional definió extender los plazos previstos de garantía para todos los productos y servicios hasta que finalice el período de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO). La medida fue oficializada este miércoles a través de la Resolución 244/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, publicada en el Boletín Oficial.
Según remarcó en el texto, el gobierno consideró que “las y los consumidores se vieron imposibilitados de ejercer sus derechos”, en relación con la compra de bienes y servicios, durante la cuarentena. Por eso, y dada la evolución de la situación epidemiológica, decidió tomar esta determinación: los usuarios y consumidores tendrán más tiempo para hacer reclamos por fallas.
Las nuevas modificaciones
De acuerdo con la Ley de Defensa del Consumidor (24.240), todos los productos deben tener una garantía legal. Actualmente, si se trata de artículos nuevos, corresponden seis meses, como mínimo, y para los usados, al menos tres. De forma adicional, los proveedores pueden ofrecer plazos mayores a los estipulados por la norma. A esta ley se suman nuevos ítems.
Los proveedores deberán informar “de manera cierta, clara y detallada la suspensión de plazos de las garantías”. En caso de que posean sitios web o aplicaciones para dispositivos móviles, “esta información deberá estar de modo visible en la página o pantalla de inicio, respectivamente”, indica la norma. En ese sentido remarca que deberán comunicarle de la suspensión a los consumidores en el paso anterior al pago.
Desde la Secretaría de Comercio Interior recordaron que “frente a cualquier vulneración de sus derechos”, los ciudadanos deben realizar el reclamo correspondiente ante la empresa proveedora y, de no obtener respuesta, en Defensa al Consumidor.
¿Qué hay del consumo en el país?
De acuerdo con los datos del Indec, en junio las ventas de los supermercados marcaron su primer retroceso desde que comenzó el brote de COVID-19 en el país. De hecho, cayeron 1,5% en términos reales. A pesar del parate económico general por las medidas de aislamiento social, las ventas de estos grandes comercios había llegado a subir hasta casi 10%.
Según el Indec, como consecuencia de la cuarentena, las compras en supermercados realizadas a través del canal online tuvieron una suba de casi 350% al comparar junio de 2019 con el mismo mes de este año. De todas formas, aún representan poco menos del 5% de las ventas totales de los estos centros. Por otra parte, las ventas en centros de compras registran caídas interanuales del orden del 90 por ciento, por el cierre de los shoppings.
Pero las ventas de los canales online se dispararon. En el rubro electrónico, de acuerdo con las cifras oficiales, las ventas cayeron en casi todos los ítems. Sin embargo, se comenzaron a recuperarse a partir de junio. Por la venta de computadoras, por ejemplo, los comercios duplicaron la facturación.