SALTA (Redacción) – Tal y como se rumoreaba, el Comité Operativo de Emergencia (COE) anuncio nuevas medidas que regirán del 4 al 11 de octubre, dejando atrás las duras restricciones que se plantearon durante dos semanas. La cuasi fase 1, empieza a permitir mayor circulación de personas tras lo que se entiende fue un respiro para el sistema de salud. En este sentido, las flexibilizaciones volvieron a asomarse, habilitando a algunos sectores a retornar a su actividad diaria.
De hecho, las nuevas medidas vigentes del 4 al 11 de octubre incluyen a los departamentos de San Martín, Orán, General Güemes y Salta capital. En estos departamentos, los comercios por ejemplo, estarán habilitados para la atención de lunes a sábado, por terminación del DNI y hasta las 20:00 hs. Para ello, deberán garantizar un auténtico cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.
Precisamente, es obligatorio colocar en la puerta de ingreso de cada local comercial, un cartel indicando la cantidad máxima de personas que pueden permanecer conforme la superficie del local. Cabe recordar que debe ser un cliente cada 16 m2 o superficie menor. A su vez, deberán cumplir con el protocolo para la actividad en cuestión con la prevención establecida.
Gastronómicos vuelven con horarios y protocolos
Por su parte, la gastronomía podrá funcionar en los espacios abiertos ventilados y en veredas. Para ello, deberán atender p or terminación del DNI o grupo familiar primario, respetando los protocolos sanitarios vigentes. En estos casos, la atención al público será de lunes a sábados hasta las 24:00 hs. y los domingos hasta las 16:00 hs. Cabe señalar que estas medidas, rigen a partir del 4 de octubre.
Entidades bancarias
Al respecto de los bancos, las entidades continúan con la atención exclusiva a jubilados para el caso de que los mismos carezcan de medios electrónicos de pago. Se suma la atención a clientes, previa emisión de turno. Para el caso de que la afluencia de público así lo demande y resulte necesario, las entidades podrán extender la atención por una hora y media más. Es decir, hasta las 15:00.
Finalmente, aseguró que los retenes y controles policiales continuarán en el microcentro y otros sectores de la ciudad, teniendo en cuenta que solamente pueden circular trabajadores de las actividades exceptuadas.
¿Qué hay de los domingos?
En los clásicos domingos, la ciudad permanecerá con casi nula actividad. De hecho, estará suspendida la actividad comercial en centros comerciales, supermercados y comercios en general; a excepción de las actividades y servicios esenciales, de salud, seguridad, estaciones expendedoras de combustible, delivery de alimentos, comercios de proximidad (drugstores, despensas, kioscos) y farmacias.
¡Ojo! En los departamentos en ASPO, continúa prohibida la permanencia en parques, plazas y espacios públicos, como así también la práctica de deportes grupales. Además de actividades religiosas, culturales y artísticas paralelas. Si bien se habían mencionados posibles protocolos para retomar la actividad y las clases por ejemplo, al aire libre, aún no se fijaron los mismos.
Mientras tanto, en toda la provincia
A lo largo y ancho del territorio local, sigue la limitación a la circulación de personas entre las 00 y 06 horas, excepto esenciales. Al respecto de las reuniones familiares, sociales y turismo interno, estos permanecen suspendidos. Mientras tanto, los comercios de cercanía (drugstores, kioscos, y despensas) pueden funcionar hasta las 22 horas. Finalmente, la a Administración Pública Provincial continuará trabajando con la concurrencia mínima del personal, y se procura el teletrabajo.
Las prohibiciones nacionales siguen vigentes
En el caso de los Departamentos en ASPO, se prohíbe el dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades. También los eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.
Para los departamentos en DISPO, se prohíbe la realización de eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a diez (10) personas. En el caso del deporte, están prohibidos aquellos donde participen más de diez (10) personas. Asimismo, la medida abarca a cines, teatros, clubes, centros culturales.