SALTA (Redacción) – El proyecto de ley denominado «Ficha limpia» fue aprobado de manera casi unánime en la Cámara de Diputados de Salta. Durante la sesión de este martes, los legisladores dieron media sanción a la iniciativa que tiene como objetivo evitar que los políticos con antecedentes penales puedan ser candidatos electorales. En este sentido, la normativa aclara que «no tiene efecto si el sujeto ya se encuentra en el cargo».
De esta forma, fueron 53 diputados que votaron a favor de la Ficha Limpia y uno solo en contra, el legislador Claudio Del Plá. Cabe señalar el proyecto involucra solo «una restricción temporaria del derecho a ser elegido» para los candidatos. Según informaron desde la Cámara de Diputados: «Se trata de una regulación mínima, acotada en el tiempo, que no elimina el derecho de sufragio pasivo. Sino que únicamente lo suspende hasta tanto la propia Justicia que lo tuvo por responsable de tales delitos, lo declare inocente de toda culpa y cargo».
«Se trata de una previsión que retrasa temporalmente la elegibilidad de la persona condenada. Pero que no tiene efecto si el sujeto ya se encuentra en el cargo», agrega la síntesis del proyecto de Ley. Asimismo, los autores de la normativa son Laura Cartuccia, Esteban Amat, Enrique Sansone Matías Monteagudo, Héctor Chiban y Valeria Fernández. «Se busca proteger las instituciones democráticas», describieron.
«Salta está dando un gran paso»
Por su parte, el legislador Chibán señaló: “Ficha limpia es el reclamo de la ciudadanía que le dice a la política que la corrupción no es compatible con el ejercicio de la actividad política. Que la corrupción no puede estar en la administración de la cosa pública. Y por eso son cientos de miles las firmas que avalan para que Ficha Limpia sea Ley a nivel nacional y en todas las provincias de la República Argentina».
«Salta está dando un gran paso en este sentido”, destacó el diputado radical. Por esta razón, también agregó: «Hemos consensuado entre todos los bloques que sea un proyecto autónomo. Que no modifique ni la Ley de Partidos Políticos, ni la Ley de las PASO. Y que a su vez, contemple la posibilidad de sentencia en segunda instancia. Ajustándose a los parámetros de diversos pactos internacionales suscriptos por la República Argentina».