SALTA (Redacción) – En el Concejo Deliberante de la Capital provincial han avanzado con importantes modificaciones en la Ordenanza de Habilitaciones e Inspecciones, y del Código de Edificación. De este modo, los concejales de Salta avanzaron con regulaciones que buscan mejorar el servicio ofrecido por las empresas de construcción y brindar mayor garantías.
Esta medida se aplicará al proyectista, al director técnico, los ejecutores y propietarios cuando el trabajo sea realizado por administración y los dueños particulares. Por lo cual, los concejales modificaron el artículo 1° de la Ordenanza N° 15.292 que establece ajustes cuando se deba tratar casos de falseamiento, omisión u ocultamiento de datos y/o documentación.
Tanto que los infractores sufrirán sanciones mucho más severas que las vigentes hasta el momento. Por lo tanto, las multas ahora serán de aproximadamente 800 y 1200 unidades tributarias. Otro punto que se analiza es la clausura del establecimiento. De ocurrir esto, posteriormente será muy difícil conseguir concesiones o se impondrán condiciones más severas.
Más modificaciones
A su vez, el segundo artículo de la ordenanza 13.778 aplica más modificaciones en el artículo 43, la misma refiere sobre las diferentes penalidades en el Código de Edificación. Todo esto se aplicará a quienes incumplan con las normativas vinculadas al área de construcción y edificación de la ciudad. Tras la aprobación por los concejales aparece detallado en el Boletín Oficial.
Por último, aquellas infracciones que puedan ser atribuidas directamente al propietario se aplicaría exclusivamente si alquila o permite la habilitación sin haber previamente solicitado la habilitación. Los concejales establecieron para esta situación una multa de 500 unidades tributarias por mes. A modo de cierre, si se habilitan demoliciones sin permiso, la variación de la multa será entre las 3.000 y 8.000 multa (UT).