Connect with us

Hola, ¿Qué estás buscando?

Salta 4400

ARGENTINA

ANMAT prohibió comercializar varios productos, entre ellos uno de bebés

Los productos y alimentos retirados de circulación no cumplen con las normas establecidas o son ilegales

Foto: Boletín Oficial de la República Argentina

SALTA (Redacción) – La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) realiza controles periódicos sobre los productos que consumimos a veces sin leer las etiquetas o lo que está a  nuestro alcance. Ellos van más allá y es así que cada semana retiran del mercado más de un producto por falta de cumplimiento de las normas.

En esta ocasión y mediante la resolución 3670 publicada este martes 30 en el Boletín Oficial de la República Argentina, se prohibió la comercialización y uso de un insumo médico utilizado en niños recién nacidos, también de copos de maíz de una marca específicamente y todos los lotes de productos de una jabonería.

Los Copos de Maíz sin TACC afectados son los de la marca “La Calesita” RNPA N° 04027784, RNE N°17000310, Alimentos Tecnológicos S.R.L con dirección en la avenida Durañona 1175, en la provincia de Salta. Debido a que según la ANMAT “Este tipo de snack infringe el artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 13 y 155 del Código Alimentario Argentino, por carecer de autorización de producto y de establecimiento, resultando ser, en consecuencia, ilegal».

En el caso del lote completo de la empresa “La Jabonería de Dora Nélida Agüer”, se vieron afectados directamente por la disposición 3669/2019 de ANMAT debido a que los productos domisanitarios no tenían registro del establecimiento en el envase y no estaba reconocido por la Asociación y carecían de los controles correspondientes por lo que usaban de forma arbitraria mezclas productos químicos, adquiridos de distintos proveedores.

A su vez la jabonería también usaba el domicilio para comercializar sin ningún control comercial ni supervisión sanitaria previa y redistribuir en numerosas sucursales y franquicias que tenían en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires. Por todo ello se prohibió a nivel nacional la comercialización de productos de esa marca.

Además también se discontinuó el uso y la comercialización del insumo médico “Argyle/Umbilical Vessel Catheter /Estéril / Catéter de arteria umbilical/ LOTE NO. 460185/ Recorder No. 8888-160218/ Tamaño 3.5 FR. (1.2 mm)/Longitud 41 cm/16″/MANUFACTURED BY Sherwood MEDICAL, USA», mediante la disposición 3673/2019.

Según el texto oficial del organismo: «El producto en cuestión pertenece a la Clase de Riesgo IV y está indicado para el acceso vascular a corto plazo a través de los vasos umbilicales en pacientes recién nacidos» y agrega: «Toda vez que dicho producto se corresponde con un producto ilegítimo, no se puede asegurar que éste cumpla con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de este tipo de productos médicos».

Síguenos en Facebook

Todos los derechos reservados - © 2023 - Salta4400.com - Salta, Argentina