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Desde el 1 de enero de 2020 regirá un nuevo aumento en los combustibles

En el primer día del año nuevo esta pautado el primer incremento del precio de los combustibles debido a una medida tomada por Macri

SALTA (Redacción) – Desde enero del 2020 regirá una suba en los combustibles que es producto del incremento desdoblado establecido por el Gobierno del expresidente Mauricio Macri. De esta manera, deberá ajustarse el coeficiente impositivo que grava las naftas y el gasoil. Esta norma afectará el valor de estos insumos, de igual manera no está determinado el monto exacto.

Detalles del primer aumento del año nuevo

El aumento de los valores se apoya en la Ley 23.966 y sus modificaciones, las cuales dispuso montos fijos en pesos por unidades de medida, actualizables según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministra el INDEC. Cabe recordar que desde el Gobierno de Cambiemos intentaron amortiguar los aumentos y determinaron una postergación de los mismos. En el comienzo del nuevo año, una parte de esa suba deberá implementarse.

Con precisión, mediante el decreto 798/2019 publicado el 29 de noviembre, se implementó el aumento que en diciembre fue del 4,5% en naftas y 4,07% en gasoil, cuando en realidad debería haber sido del 12.5 %. La medida destaca que “para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de enero de 2020, inclusive, deberá considerarse el incremento total en los montos del impuesto”.

Impuestos al combustible de «manera gradual»

De esta forma, como bien consigna El Intransigente, desde el Gobierno explicaron que “las circunstancias imperantes y la necesaria estabilización de los precios hacen necesario amortiguar el impacto que podría derivarse de las referidas actualizaciones, previendo que los mencionados incrementos del impuesto surtan efectos de una manera gradual”.

En este sentido, aclaran que según la normativa vigente, el incremento en cuestión tendría «efectos en su totalidad para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de diciembre de 2019, inclusive». Por último, indican: “A partir de la misma fecha también aplicaría el incremento en los montos del impuesto sobre los combustibles líquidos derivado de la actualización realizada en el mes de octubre de 2019, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7° del Anexo del Decreto N° 501/18”.

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