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Default técnico: El Gobierno Nacional postergó los pagos de deuda

El Gobierno Nacional tomó una medida económica sobre la deuda externa y el país entró en un «default técnico»

El Gobierno optó por el default técnico a raíz de la pandemia de coronavirus.
Martín Guzmán y Alberto Fernández

El Gobierno Nacional anunció anoche que postergó los pagos de los intereses y las amortizaciones de capital de la deuda externa. La medida abarca a los títulos en dólares emitidos bajo ley Argentina hasta el 31 de diciembre de este año. De igual forma podría ser anterior si así lo establece el Ministerio de Economía que conduce Martín Guzmán. Esta decisión del Poder Ejecutivo es considerada como un default técnico, ya que modifica unilateralmente las condiciones del contrato con los acreedores.

Una medida ante la pandemia

La resolución económica quedó plasmada en el Decreto 346/2020 que se publicó en el Boletín Oficial durante las últimas horas de ayer. En tanto, la administración de Alberto Fernández amparó su decisión en la crisis generada por la pandemia de coronavirus. Además, según expone el documento, esta situación de emergencia alteró: “Los plazos previstos oportunamente en el ‘Cronograma de acciones para la gestión del Proceso de Restauración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Externa’”.

En este sentido, desde la Casa Rosada señalaron que la emergencia sanitaria provocó un deterioro socioeconómico. Asimismo, plantearon que a este contexto crítico se le agrega la “inminencia de próximos vencimientos de los servicios de la deuda pública” denominada en dólares. Como bien indica El Intransigente, por tal motivo la administración nacional consideró que el reperfilamiento: “Se ajusta a la razonabilidad que exige el ejercicio responsable de la función de gobierno”.

Excepciones que puso el Gobierno

Por otra parte, el decreto exceptúa de diferimiento de pago a los siguientes instrumentos de deuda pública emitidos bajo ley Argentina y denominados en dólares estadounidenses:

  • Letras intransferibles denominadas en dólares estadounidenses en poder del Banco Central. Se incluye aquí a aquellas emitidas en el marco del artículo 61 de la Ley 27.541. También a aquellas suscriptas directamente por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES.
  • Letras emitidas en virtud del Decreto 668/19.
  • Letras del Tesoro emitidas a través de la Resoluciones Conjuntas 57/19 y 17/18 de las Secretarías de Finanzas y de Hacienda.
  • “Bonos Programas Gas Natural” emitidos por medio de la Resolución Conjunta 21/19 de las Secretarías de Finanzas y de Hacienda.
  • Letras del Tesoro en Garantía emitidas mediante la Resolución 147-E/17 del ex Ministerio de Finanzas. También, mediante la Resolución Conjunta 32/18 de las Secretarías de Finanzas y de Hacienda.

Por último, el documento también autoriza al Ministerio de Economía a: «Efectuar las operaciones de administración de pasivos y/o canjes y/o reestructuraciones de los títulos cuyos pagos se difieren”. El objetivo de esto es “recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública”, indica. “Deberá ser compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos”, plantea el decreto. Para esto, deberá considerarse lo previsto en el inciso “a” del artículo 2 de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

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