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Detalle de los requisitos para poder ingresar a Argentina

Rigen nuevas disposiciones para extranjeros de países limítrofes o personas que vienen por negocios o actividad laboral.

coronavirus en Argentina

SALTA (Redacción) – En el marco de las flexibilizaciones que ganan terreno en el país, cada vez es más robusto el nivel de circulación de personas. En este marco, el Ministerio de Salud y la Dirección Nacional de Migraciones, oficializaron una resolución conjunta publicada en el Boletín Oficial. Allí establecieron nuevos requisitos para las personas autorizadas que quieran ingresar a la Argentina en el marco de la pandemia de coronavirus.

En esta Resolución se incluye a transportistas o tripulantes de cualquier nacionalidad; nacionales y residentes en la República Argentina, cualquiera sea su lugar de procedencia; extranjeros nacionales de países limítrofes o residentes en ellos que viajen para realizar actividad turística y que no requieran de un visado; extranjeros autorizados expresamente por Migraciones para desarrollar una actividad laboral o comercial.

También considera a extranjeros que deban cumplir con una misión oficial diplomática o para participar de eventos deportivos; también a quienes responden a su reunificación familiar con argentinos o residentes. A su vez, considera a extranjeros declarados en tránsito hacia otros países con una permanencia en el aeropuerto internacional menor a 24 horas. Además pueden entrar los extranjeros autorizados que sean parientes directos de ciudadanos argentinos.

En este último caso, se habilitará a los extranjeros familiares de argentinos que ingresen transitoriamente al país por razones de necesidad y no requieran visado en virtud de acuerdos bilaterales o medidas unilaterales que eximan de dicho requisito. Asimismo, a los que ingresen por los aeropuertos y puerto ya mencionados y los Pasos Fronterizos Internacionales. Es el caso del Paso de los Libres-Uruguayana en Corrientes, Sistema Cristo Redentor en Mendoza, San Sebastián, en Tierra del Fuego y Gualeguaychú-Fray Bentos, en Entre Ríos.

Certificados en mano

Entre los requisitos deberán acreditar ante la aerolínea o el Paso Fronterizo Internacional correspondiente algunos documentos. Es el caso del certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente apostillado o legalizado, según corresponda. El mismo debe comprobar el vínculo directo con un ciudadano argentino. Se solicitará además, copia del documento nacional argentino del familiar a quien precisa visitar, reserva de pasajes.

Finalmente, deberá presentar al momento del ingreso al país, y ante el inspector migratorio, la nota de solicitud. Allí se debe explicar la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará. Es decir, toda otra información relevante que le sea requerida.

No olvidar la declaración jurada

Todos los viajeros deberán presentar una declaración jurada electrónica para iniciar su viaje al territorio nacional. Deberán hacerlo hasta 48 horas antes del inicio del viaje si lo hacen por sus propios medios, o de su embarque si viajan en un transporte internacional de pasajeros. A tales fines deben exhibir a dicho operador del medio de trasporte, autoridades sanitarias y/o migratorias, la constancia de tal remisión y/o de cualquier otro documento anexo a ella, que permita descartar un eventual riesgo de propagación de la Covid-19.

Test Covid-19 negativo

Además de la declaración jurada, las personas deberán presentar en forma obligatoria una declaración jurada electrónica junto con un test negativo de Covid-19 realizado 72 horas previas al viaje internacional. Cabe señalar que el PCR no será requerido a los transportistas y tripulantes internacionales y los nacionales o extranjeros en tránsito hacia otros países que permanezcan en el país menos de 24 horas.

Tampoco a aquellas personas que hayan tenido coronavirus en los 90 días previos al ingreso a la Argentina. En este sentido, deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico. Precisamente, la PCR negativa aplica como condición de viaje cualquiera sea la edad del viajero.

¿Qué hay de la cuarentena?

También se suman a estas excepciones las personas argentinas o extranjeras residentes en el país que pretendan ingresar por un paso fronterizo terrestre, y opten expresamente por no presentar PCR y cumplir el aislamiento de 14 días. En este caso se recomienda ingresar por un medio de transporte que preferentemente no sea colectivo. Tras ello, la jurisdicción de destino verificará el cumplimiento del aislamiento señalado.

En los ingresos por vía aérea o marítima, no será posible optar por esta posibilidad, debido al mayor riesgo de contagio existente en estos medios de transporte.

Seguro médico excluyente

Uno de los requisitos claves, es el de seguro de viajero “especial para ciudadanos extranjeros no residentes”. El mismo deberá contar con cobertura para la atención del coronavirus en Argentina. En esta línea, deberá estar “incluida la internación y en su caso el aislamiento y no tenga exclusiones o limitaciones durante toda la estadía; o cobertura similar contratada por la empresa que los convoca para actividad laboral, comercial, deportiva, o diplomática”.

Boletín Oficial

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