ARGENTINA

El Banco Central extendió otra vez la suspensión del cobro de comisiones por operaciones en cajeros automáticos

La medida que rige desde marzo se extenderá hasta abril del año entrante.

SALTA (Redacción) – Cuando inició el brote de coronavirus, una de las medidas que había dispuesto el Banco Central fue suspender el cobro de comisiones en operaciones en cajeros automáticos. A su vez, se amplió el límite de retiro hasta $15000, para evitar complicaciones de los usuarios que debían quedarse en sus casas. Sin embargo, esta disposición se puso en duda en las últimas semanas tras el paso de la parte más crítica de la pandemia.

Luego de idas y vueltas,  la entidad anunció que esta medida será prorrogada, nuevamente, hasta abril del 2021. Las entidades financieras no podrán cobrar cargos ni comisiones por las operaciones efectuadas mediante todos los cajeros automáticos. La consigna aplicará sin distinción entre clientes y no clientes hasta el 31 de marzo de 2021, según consignó Agencia NA.

Asimismo, tal y como informa El Intransigente, en todos los cajeros automáticos, las personas pueden extraer, al menos, $15.000 por día, y en una sola operación. En este caso tampoco se hace alguna distinción entre clientes y no clientes. Ambas medidas habían sido delineadas desde marzo hasta el 30 de junio. Sin embargo, luego se las prorrogó, primero a septiembre, luego al 31 de diciembre, y ahora hasta el 31 de marzo.

Otras medidas que serán incluidas en la prórroga

El Banco Central también decidió extender hasta el 31 de marzo de 2021 la posibilidad de pasar las cuotas impagas de los créditos al final de la vida del crédito, teniendo en cuenta solo la tasa de interés compensatoria prevista por contrato. Además, no se aplicarán cargos extra. Sin embargo, esta consideración no aplica para financiaciones de tarjetas de crédito.

También se prorrogarán hasta la misma fecha las extensiones de los periodos de gracia a morosos. Se trata de la medida que incrementó en 60 días los plazos de mora admitida para los níveles 1, 2 y 3 dentro de las carteras comercial, de consumo o vivienda. Paralelamente, sigue vigente la suspensión de la recategorización obligatoria para la «Clasificación de deudores». Por último, también se mantendrá la suspensión de la distribución de resultados de las entidades financieras hasta el 30 de junio del 2021.

Salir de la versión móvil