SALTA (Redacción) – El Gobierno de Alberto Fernández resolvió extender hasta fin de año la prohibición de despidos sin justa causa. Además del pago de una indemnización adicional hasta un tope de medio millón de pesos. Esto lo gestionó ante el inminente vencimiento de la vigencia del decreto 345 el próximo 30 de junio.
La medida se plasmó en el decreto de necesidad y urgencia 413/21, que suscribió el presidente junto a los ministros de su gabinete. Será publicada este lunes 28 en el Boletín Oficial. Este nuevo DNU es una nueva prórroga de la norma original dispuesta en el decreto 34/19, por el que se declaró la Emergencia Pública Ocupacional.
Esta iniciativa ya fue prorrogado seis veces en cuanto al plazo de vigencia. También fue modificado en otras oportunidades para variar el tope indemnizatorio, que en un principio implicaba duplicar el establecido por ley. El nuevo DNU establece que la prohibición no abarca a las contrataciones realizadas luego del 22 de diciembre de 2019.
La norma mantiene la excepción para los trabajadores comprendidos en el régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción. Y en los considerandos, se indicó que “el Estado Nacional ha adoptado medidas de contención que tienen como objetivo ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia”.
Asimismo, se señaló que “la segunda ola de COVID-19 que azota al país debe ser acompañada por medidas acordes que contemplen la protección de la salud de la población y coadyuven a morigerar el impacto de las medidas sanitarias sobre el empleo”. “La protección preferente de las trabajadoras y los trabajadores es una garantía que la Constitución Nacional”, indica.
El Gobierno consideró que “es necesario acompañar las medidas de emergencia prorrogando la adopción de aquellas que resguardan los puestos de trabajo. Como herramientas de política laboral necesarias para la protección de las trabajadoras y los trabajadores. Asegurándoles que esta crisis excepcional no les hará perder sus puestos de trabajo”, indica.