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El Gobierno nacional reglamentó la ley 27610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo

Ayer sábado fue publicada en el Boletín oficial.

gobierno nacional
Alberto Fernández promulgó la ley del aborto.

SALTA (Redacción) – El decreto 516/202, que reglamenta la ley 27610 sancionada el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de este año sobre la interrupción Voluntaria del Embarazo fue reglamentada por el Gobierno Nacional y publicada en el boletín oficial. La misma reafirma que no es necesaria autorización judicial para acceder a la práctica.

La regulación de la ley del IVE explica además que la objeción de conciencia no puede aplicarse en caso de emergencia. Fija una serie de pautas que garantizan la aplicación de la norma en todo el territorio argentino. La misma lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y las ministras Carla Vizzotti y Elizabeth Gómez Alcorta.

El decreto 516 contiene sólo tres artículos. El primero de ellos es el más importante porque aprueba el anexo con las reglamentaciones de la ley aprobada en el Congreso. En tanto, el 28 de mayo último se publicó en el Boletín el Protocolo para la Atención Integral de las personas con derecho a la Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo adecuado a la normativa.

Solo estaba pendiente la reglamentación que respalda el Protocolo y establece la responsabilidad institucional para garantizar el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo hasta la semana 14 de gestación. Así también la Interrupción legal del embarazo (ILE) por causales de peligro para la vida, para la salud de la mujer o violación.

De esta manera se garantiza el derecho a las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar en todo el territorio de la Argentina en condiciones de igualdad. Por lo tanto el sector público de la salud, las obras sociales, las entidades de medicina prepaga tienen responsabilidades y obligaciones para garantizar el acceso.

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