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Un policía de Salta terminó condenado por violencia de género contra su expareja

El efectivo policial fue encontrado culpable por ejercer violencia de género contra su expareja pero recibió dos años de prisión en suspenso.

Policía de Salta
Policía de Salta

SALTA (Redacción) – Este viernes un policía de Salta terminó condenado por ejercer violencia de género contra su expareja en varias ocasiones. Sin embargo, el juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán, Mario Maldonado, le dictó la pena de dos años de prisión en suspenso. Por este motivo, el efectivo Luis Gabriel García solo deberá cumplir con «reglas de conducta» durante ese período para evitar ir a prisión.

Los fundamentos del veredicto que manifestó el juez indican que quedó «plenamente probado» la autoría material del imputado García. Según detallaron desde el Poder Judicial el policía es culpable «en los delitos de lesiones leves doblemente agravadas por ser inferidas por un hombre a una mujer». Además, remarcaron que estas lesiones se dieron «mediando violencia de género y por haber mantenido una relación de pareja», y con amenazas.

«Toda vez que el acusado agredió físicamente a su pareja en reiteradas oportunidades, denigrando su condición de mujer y causándole un daño en su cuerpo», agregó el fallo judicial. Luego detallaron: «Claramente se trata de una cuestión de género ya que los episodios ocurrieron en un ambiente de violencia. El acusado reincidía en este tipo de conductas en perjuicio de su pareja la que a su vez no denunciaba por temor y el estado de vulnerabilidad y dominación en el que se encontraba».

Reglas para evitar la prisión efectiva

Cabe apuntar que la denuncia la radicó la propia expareja del acusado, en marzo del año pasado en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán. Y sobre la sentencia, para que no sea efectiva, el policía deberá por dos años dar cumplimiento varias reglas de conducta. «Fijar domicilio y comunicar cualquier cambio, no consumir bebidas alcohólicas ni estupefacientes, no cometer delitos, prohibición de acercamiento a la víctima en un radio de 100 metros y de cometer actos de violencia física o moral», enumera el fallo.

Además, García deberá «realizar terapia psicológica por su personalidad violenta y adicción al alcohol, y someterse al control de presos y liberados». «De incumplirlas, la condicionalidad de la pena podría revertirse y convertirse en efectiva», advirtió el juez. En tanto, el magistrado argumentó que todo el caso fue analizado desde la perspectiva que establece la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belem do Pará).

Del mismo modo mencionó, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), y la ley 26485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

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