Connect with us

Hola, ¿Qué estás buscando?

Salta 4400

POLÍTICA

Financiamiento político: ¿qué establece la nueva reglamentación?

El prosecretario Electoral de la Justicia Federal, Juan Pablo Acosta Sabatini, dio detalles al respecto

Elecciones - Fuente: Salta 4400

SALTA (Semanario El Intransigente) – A mediados de abril, luego de intensos debates en el Congreso de la Nación, el Senado le dio media sanción a la reforma de la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos, que establece, entre otras cosas, que los espacios radiales y televisivos para publicidad de las agrupaciones políticas se han reducido al 50 por ciento. Al respecto, el prosecretario Electoral de la Justicia Federal, Juan Pablo Acosta Sabatini, explicó los detalles de la nueva reglamentación, quiénes pueden y quiénes no pueden aportar para campañas políticas a partir de ahora.

En una entrevista exclusiva con Salta 4400, el prosecretario Electoral de la Justicia Federal en Salta, Juan Pablo Acosta Sabatini, explicó el alcance y los detalles de la nueva Ley de Financiamiento de Partidos Políticos, los cuales planifican sus campañas rumbo a las elecciones para cargos nacionales. En primera instancia, el funcionario indicó que no podrán aportar fondos a los partidos, personas que “estén imputadas en proceso penal tributario o fiscal”. “No pueden aportar las personas que están imputadas. Una de las modificaciones más importantes a la ley es q los aportes en dinero solo pueden realizarse vía transferencia bancaria, depósito en efectivo, débito, etc. No se admiten aportes en efectivo”, agregó.

En tal sentido, Juan Pablo Acosta Sabatini aclaró que, por cada campaña electoral, los partidos políticos no podrán recibir de una misma persona física o jurídica un monto superior al 2 por ciento del total de gastos permitidos para esa campaña. “En el caso de Salta, el límite de gastos de campaña, si bien esta diferenciado por categoría, es el mismo monto para senadores y diputados. Tenemos de 13.565.597 pesos, este tope opera únicamente para los gastos de campaña nacional, pero no es el mismo en todas las provincias”, explicó.

Juan Pablo Acosta Sabatini – Fuente: Salta 4400

Además, el funcionario de la Justicia Electoral Federal detalló que en Argentina hay un financiamiento mixto para los partidos políticos “del sector público y sector privado”. El Estado nacional otorga aportes públicos para desenvolvimiento institucional y para financiar las campañas electorales. Los fondos de desenvolvimiento institucional se destinan, por ejemplo, al pago de alquileres de las sedes partidarias, servicios, etc. Es decir, aquellos vinculados a las actividades partidarias habituales”, detalló.

Asimismo, indicó que dentro de los aportes de campaña, destinados específicamente para financiar gastos electorales, “encontramos los aportes extraordinarios y los aportes para impresión de boletas”. “Ahora con la nueva ley, una de las novedades que trae, es que para la campaña van a poder aportar las personas jurídicas que antes estaba prohibido que aporten. Las empresas concretamente”, sostuvo Acosta Sabatini.

¿Qué pasa si infringen la ley?

Según el detalle que brindó el prosecretario Electoral de la Justicia Federal, la nueva Ley de Financiamiento de Partidos Políticos establece sanciones para aquellos que no presenten la rendición de cuentas de gasto en campaña. “En primer lugar, si la agrupación política no presenta la rendición de campaña en tiempo, la primera sanción es una multa automática. Antes era del 0,02 por ciento por cada día de mora hasta un máximo de noventa, ahora la nueva ley dice que hasta el día 30 la multa es del 10 por ciento de los aportes públicos de campaña. Desde el día 31 y hasta el 90, la multa se eleva al 20 por ciento. Luego de Transcurridos los 90 días, el juez puede disponer la suspensión cautelar de todos los aportes públicos. En tanto, si la agrupación presenta la rendición, se levanta la suspensión, lo que antes no era así”, dijo Acosta Sabatini.

Posteriormente la rendición de cuentas es examinada por el cuerpo de auditores, las observaciones que formula el auditor son notificadas a la agrupación para que pueda subsanarlas. Si las mismas no son subsanadas o se lo hace en forma deficiente, la agrupación puede ser sancionada con la pérdida del aporte púbico. Además, Juan Pablo Acosta Sabatini añadió: “Si no lo hacen o sigue siendo deficientes, se decreta la pérdida de todos los aportes públicos, que según la falta de la cual se trate, pueden ser todos los aportes públicos que vaya a recibir por un año o un máximo de cuatro años”.

A esto agregó que el único aporte que no pierden es el extraordinario para impresión de boletas, ya que ese no se toca. Por otro lado, explicó que se presentan situaciones en las que las rendiciones de cuentas están en perfectas condiciones, pero en caso de no ponerlas a disposición de la Justicia Electoral en el tiempo establecido (dentro de los 90 días después de la elección),se aplica una multa por cada día que transcurre. “La multa tiene que ver con la cantidad de días, en el caso que fuese por presentaciones atemporles. Era de un 2% por tiempo de mora y hasta un 10%, pero esto cambió con la nueva ley. Ahora es un 10% hasta 30 días de mora y un 20% desde los 31 días y hasta los 90”, agregó.

Al respecto, Juan Pablo Acosta Sabatini explicó que estas sanciones se hacen solamente sobre los aportes públicos, mientras que los aportes privados “no se tocan” y en relación a los fondos públicos que reciben las alianzas, “el único que no se suspende es el de las boletas, pero el aporte privado no tiene sanción”. En este contexto, el prosecretario Electoral de la Justicia Federal remarcó que todos los aportes que reciban los partidos políticos se tienen que hacer de manera obligatoria, por transferencias bancarias “fundamentalmente para seguir el rastro de la plata, seguir la trazabilidad del aporte, tanto de cómo ingresó, hasta cómo se gastó”.

¿Cómo y dónde se hacen los aportes?

“Todos los partidos tienen una cuenta bancaria única, no pueden tener más de una, que tiene que ser en el Banco Nación”, aseguró el funcionario de la Justicia Electoral Federal, quien al mismo tiempo añadió: “A los fondos públicos, la dirección Nacional Electoral siempre los deposita en las cuentas únicas o de campañas de las agrupaciones políticas”. En este contexto, Acosta Sabatini explicó que el aporte privado también va tener que ser mediante depósito en cuenta, “entonces eso te permite obtener la trazabilidad del dinero, quién lo transfirió y cómo entró”.

Publicidad en medios de comunicación

Una de las polémicas constantes que se presentan en la campaña es con los medios de comunicación, teniendo en cuenta que hay dirigentes que compran espacios, pero no hacen proselitismo específicamente para no ir contra los tiempos establecidos de manera oficial. Sobre este aspecto, Juan Pablo Acosta Sabatini dijo que solo cambiaron los días en los que se puede hacer publicidad en radio y televisión. “Sigue siendo el Estado el que contrata los espacios, mientras que los partidos políticos no pueden hacerlo de forma particular”.

Acerca de los tiempos que estipula la Justicia Electoral Federal, el funcionario detalló: “Antes la campaña comenzaba 35 días antes, específicamente en radio y televisión empezaba 25 días antes. Hoy la campaña general arranca 50 días antes de los comicios y la publicidad en radio y televisión da inicio 35 días antes”. Sobre este aspecto, afirmó que una parte de los aportes públicos para los partidos políticos se distribuye equitativamente para todas las agrupaciones políticas y otra parte en función al número de votos obtenidos en la última elección para diputados nacionales (2017).

Modificaciones al padrón provisorio

Juan Pablo Acosta Sabatini dijo que hicieron, en el caso de Salta, “alrededor de 4 mil trámites que nos remitió el Registro Nacional de las Personas y que trabajamos para incorporarlos y que puedan votar en la elección, tanto de agosto (PASO) como en octubre (generales)”. “En cuanto a la página del padrón provisorio que era para que la gente controle y haga los reclamos que debiera hacer, se tomaron 900 tramites por esa vía y lo pudimos actualizarlos. Tenemos 4 mil tramites de nuevos electores, como lo llamamos nosotros a los jóvenes, que van a votar por primera vez y hubo 900 reclamos en general”, agregó.

¿Cómo trabajan con las comunidades originarias?

El prosecretario Electoral de la Justicia Federal explicó que fueron a diferentes lugares en los que residen comunidades aborígenes, donde encabezaron reuniones para evaluar “necesidades y requerimientos”. El funcionario afirmó que la mayor problemática es que las escuelas en las que votaban habitantes de Misión Cherenta y la comunidad Guaraní, (ambas de Tartagal), estaban muy alejadas de estos lugares. Sin embargo, ahora tienen un nuevo establecimiento habilitado, que está ubicado más cerca, donde todos ellos podrán sufragar y “evitar el acarreo”.

Las redes sociales tendrán mayor control

La campaña en las redes sociales suele hacerse incluso en tiempos de veda, por lo tanto la Justicia Electoral Federal decidió tomar cartas en el asunto. “Hubo una reunión en la Cámara Nacional Electoral, que tuvo la presencia de gente de empresas multinacionales, Facebook, Instagram, Twitter y Google, el presidente de la Corte Suprema y los camaristas electorales. En el encuentro se firmó un acta compromiso para fomentarla responsabilidad en el uso de las redes. En Argentina no hay una legislación específica como es el caso de Francia, que sanciona la difusión de las fake news, pero se firmó un compromiso al respecto”, aseveró Acosta Sabatini.

En este sentido, detalló que las agrupaciones deben informar las cuentas oficiales y se conformó un registro de aquellas cuentas de agrupaciones y candidatos. “Una de las nuevas disposiciones de la ley es que debe hacerse una rendición específica para este tipo de gastos”, agregó. Sin embargo, sostuvo que si hay cuentas que no están en este registro y si las mismas llegan a hacer campaña mientras en lo que dure la veda, es muy difícil saber si son manejadas por agrupaciones o candidatos, pero que “igualmente se abre una investigación”.

Síguenos en Facebook

Todos los derechos reservados - © 2023 - Salta4400.com - Salta, Argentina