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POLÍTICA

Es oficial en Salta la reducción de los sueldos de funcionarios de la administración pública

Por la decisión administrativa N.º 1.009, se oficializa sólo por el mes de septiembre y de manera excepcional.

SALTA (Redacción) – Tras la última aparición del gobernador Gustavo Sáenz, un debate se abrió paso en torno a su decisión de donar el sueldo de septiembre. El mismo en su discurso, animó a sus pares que se hagan eco de ello y advirtió que lo haría de manera legal. Aunque muchos criticaron esta medida argumentando que era una muestra de “demagogia” o falso altruismo, finalmente es oficial según expone el boletín del día de la fecha.

Según expone la decisión administrativa N° 1009, la misma se fundamenta en múltiples motivos, siendo el principal la pandemia de Coronavirus y los decretos vigentes. Otros de los considerandos explica el efecto del retorno a la fase de aislamiento social, preventivo y obligatorio de algunos departamentos como Salta capital; departamentos que son hoy testigos de ello en miras a mermar la tensión del sistema de salud.

En este sentido, el texto expresa “que aunque sea parcial, dicha medida impacta negativamente sobre la actividad económica impulsada por el sector privado, profundizando la crisis existente en el sistema de producción de bienes y servicios”. Ante este escenario, la decisión considera necesario “el acompañamiento económico de los funcionarios y agentes del sector político de la Administración Pública Provincial”.

Boletín Oficial

Alivianar las arcas estatales en pos de los afectados

El objetivo es precisamente” alivianar las arcas estatales. De esta manera, se podrán destinar dichos fondos al apoyo de los sectores privados que se han visto severamente perjudicados por la situación indicada ut-supra”.  Precisamente, ratifica que el Gobernador tomó la iniciativa de donar el cien por ciento (100%) de su remuneración del mes de septiembre. El texto entiende se trata de un aporte solidario para contribuir con los sectores más afectados.

Consecuentemente, la decisión aspira a “reducir en un porcentaje determinado la remuneración que perciben los funcionarios políticos o con funciones de gobierno(autoridades superiores)”. A su vez, incluyen a todos los cargos fuera de escalafón, y del personal de apoyo en todos sus niveles que se desempeñen en la Administración Pública. En este sentido, reúne a la administración centralizada, descentralizada; entidades autárquicas, sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y demás personas jurídicas del sector público.

Las decisiones artículo por artículo

En el ARTÍCULO 1º, se advierte que se dispondrá, de manera excepcional y sólo con vigencia por el mes de septiembre del año 2020, la reducción de los niveles remunerativos y no remunerativos. Esto aplica para las autoridades superiores y el personal de apoyo que se desempeñen en el ámbito de la administración pública centralizada. Los porcentajes estarán establecidos en los Anexos I y II que forman parte de la decisión

Asimismo, en el ARTÍCULO 2º, se prevé disponer, de manera excepcional y sólo con vigencia por el mes de septiembre del año 2020, que a las autoridades superiores de la administración pública descentralizada, entidades autárquicas, sociedades del estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, y demás personas jurídicas del sector público, se les aplicará el porcentaje de reducción establecido en el Anexo I de la presente.

Anexo I del Boletín Oficial

Será de conformidad  al nivel remuneratorio que tuvieran. En caso de no tener escala de equivalencia, se les aplicará una reducción del cincuenta por ciento (50%). Para ello, apela a la instrucción de la Secretaría de Gestión de Recursos Humanos a efectuar los descuentos que correspondan en atención a lo dispuesto en el artículo 1º.

Finalmente, en el ARTÍCULO 3º, se aclara quiénes son los exceptuados de las reducciones establecidas en la presente decisión administrativa. Se trata de las autoridades superiores y el personal de apoyo que se desempeñen en el ámbito de la Salud Pública.

Anexo II del Boletín Oficial

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