POLÍTICA

Impuesto a las Ganancias: ¿Cuándo se tratará las modificaciones del proyecto?

El oficialismo convocará a una sesión especial para modificar el artículo 30 del proyecto.

Cámara de Diputados de la Nación

SALTA (Redacción) – En el marco de una sesión especial, la Cámara de Diputados buscará reformar el tan cuestionado proyecto de Impuesto a las Ganancias. Según fuentes cercanas al recinto, la iniciativa cuenta con un amplio consenso entre los distintos bloques. Esto quedó reflejado en la firma mayoritaria del dictamen, previo a su tratamiento.

Tal como informó El Intransigente, el oficialismo convocará en las próximas horas a una sesión especial. Dicho encuentro podría tener lugar el próximo jueves y allí se tratarán los cambios en Ganancias y también el proyecto de reforma del Monotributo. Con este último buscan establecer un puente para la transición entre este régimen y el general, donde hay una mayor carga fiscal.

Se trata de la primera sesión del período ordinario que tendrá como característica que ambos proyectos podrían llegar a ser aprobados con más de 200 votos positivos. Esto se debe a que existe un contundente consenso entre las fuerzas políticas, ya que serán respaldados por el oficialismo y por la principal fuerza de oposición, Juntos por el Cambio. Cabe recordar que el encuentro se desarrollará mediante una modalidad mixta, de acuerdo a los protocolos estipulados.

El principal tema que se debatirá en el marco de estas sesiones será el proyecto de modificación del Impuesto a las Ganancias. A través de este, buscan reestructurar el artículo 30 con el fin de que los trabajadores que obren hasta 150 mil pesos brutos no paguen ese grávemen. De acuerdo al oficialismo, con esto pretenden beneficiar a más de un millón de trabajadores y jubilados.

Principales modificaciones del proyecto

Entre las principales modificaciones del Impuesto a la Ganancia se encuentra la exclusión del cálculo del impuesto el pago del aguinaldo cuando se trate de salarios de hasta $150.000 brutos. Esto incluye también a jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos, y la deducción por concubino. La deducción prevista incluirá a los integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública y estable de dos convivientes.

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