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POLÍTICA

Otro fallo judicial contra Gustavo Orozco: sigue en pie la causa por torturas y vejaciones

El legislador Gustavo Orozco continuará involucrado en una causa por abusos policiales junto a varios efectivos.

Gustavo Orozco
Gustavo Orozco

SALTA (Redacción) – El diputado provincial de Rosario de la Frontera, Gustavo Orozco, enfrenta una causa judicial por vejaciones y torturas junto a varios policías. Y en este marco requirió el sobreseimiento «por caducidad» del caso. Sin embargo, le rechazaron el recurso de casación que dispuso la defensa del legislador. «Una vez firme el fallo, la causa deberá avanzar hacia el plenario», apuntaron desde el Ministerio Público Fiscal.

Previamente, el fiscal de Impugnación, Guillermo Akemeier, sostuvo que el fiscal de grado se manifestó en contra del pedido de la defensa de Gustavo Orozco. «Y señaló que el plazo previsto por el artículo 219 del Código Procesal Penal referido por la defensa, no habría operado», apuntó el organismo. Cabe recordar que el dirigente enfrenta la causa por «vejaciones y torturas» junto a otros ocho efectivos policiales.

«Deberán ser juzgados»

En tanto, el Ministerio Público Fiscal detalló que la Sala IV del Tribunal de Impugnación citó distintos precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Y especialmente de la Corte de Justicia de Salta para explicar el fallo contra Oozco. «Interpretada en base al derecho público provincial y los textos constitucionales, que por expresa disposición legal (art. 40 de la ley 5642, Orgánica del Poder Judicial), resultan de aplicación obligatoria para el resto de los Jueces y Tribunales», detallaron .

«Por ello, dijeron los magistrados, lo decidido constituye jurisprudencia vinculante», remarcaron desde el Ministerio Público. Del mismo modo, agregaron que de las «constancias de la causa, surgió que «la Corte de Justicia de la Provincia determinó que la competencia para el trámite del juicio correspondía al Juzgado de Garantías 1º Nominación del Distrito Judicial Sur- Joaquín V. González».

«Teniendo en cuenta entonces, que este último es el Tribunal con competencia para dictar la sentencia definitiva y que la causa se encuentra efectivamente a su disposición desde su ingreso al juzgado el 18 de junio de 2020, el plazo establecido en el artículo 219 del Código Penal, no se encuentra agotado y el legislador y el resto de los acusados, deberán ser juzgados por las imputaciones en su contra», concluyeron.

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