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POLÍTICA

El senado de Salta propone que los alumnos secundarios juren lealtad a la Constitución Provincial

Es un proyecto de ley enviado por la senadora Silvina Abilés.

senado de Salta
Silvia Abiles explicó los detalles del proyecto de Registro de Padres Obstructores.

SALTA (Redacción) – El senado de Salta tratará esta tarde un proyecto de ley que propone que cada 1 de mayo, los alumnos que estén cursando el tercer año del secundario, juren lealtad a la Constitución provincial. La iniciativa fue presentada por la legisladora Silvina Abilés que tuvo dictamen favorable de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

En la descripción de la norma indica que se modificará el artículo 1° de la Ley 8.236 por la cual la provincia de Salta adhirió a las disposiciones de la Ley Nacional 27.505, que instituye la ceremonia escolar de Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional el primer día hábil siguiente al 1º de mayo de cada año. Por consiguiente, para esa fecha se agregará la jura a la Constitución Provincial.

El texto a agregar además en el segundo párrafo del artículo 1 de la ley 8.236 será el siguiente texto: “En el mismo acto, los alumnos harán la promesa de lealtad a la Constitución de Provincia de Salta”. Y aclara también que esta acción se realizará por parte de los estudiantes los establecimientos educativos de gestión tanto pública y privada.

Otros proyectos de ley

Se trata del proveniente de Diputados en revisión, que modifican los artículos 3º y 4º de la Ley 7.887, sobre Quioscos Escolares Saludables. Y a instancias de la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas se aprobará en definitiva la adhesión de la provincia de Salta a la Ley Nacional 26.858 de “Derecho de Acceso, Deambulación y Permanencia de Personas con Discapacidad acompañadas por Perro Guía o de Asistencia”.

Finalmente figura a tratar la modificación del artículo 2° de Ley 7.782 -Régimen Penal de Estupefacientes- por el cual se incluirá el siguiente texto: las multas, beneficios económicos, bienes decomisados y el producto de su venta, serán destinados a la prevención, asistencia y rehabilitación de los afectados por el consumo de estupefacientes, al Fondo Deportivo Provincial (FO.DE.PRO.) previsto en la Ley 6.710.

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