SALTA (Redacción) – El Gobierno de Javier Milei atraviesa su primera polémica en apena un mes y medio de gobierno. La firma del dictamen por el proyecto de la Ley Ómnibus se dio entre un teje y maneje bastante confuso. Tan así que en las últimas horas se conocieron denuncias por cambios que se realizan en ese trato. Pablo Kosiner se refirió sobre este asunto y criticó la la irregularidad e ingenuidad de muchos legisladores.
«El 23/01 siendo las 22.24 en estas redes expresé lo RARO que era ver un plenario de comisiones convocado luego de las 21 hs», comenzó su publicación en Twitter. Aclaró que es algo que no suele ocurrir en el Congreso al momento de buscar acuerdo para tratar algún proyecto en el recinto. Kosiner acompaña su posteo con la noticia de la denuncia de un diputado cordobés que afirma que cambiaron el texto firmado.
A esto, el exfuncionario provincial remarca que «desde ayer diferentes legisladores denuncian públicamente que han cambiando el dictamen que habían acordado». Todo esto le permite a Pablo Kosiner llegar a dos conclusiones posibles. La primera de ellas refiere a la supuesta ingenuidad de los legislados o sino la necesidad de que se rinda cuenta.
En síntesis, Kosiner sostiene que fueron «muy ingenuos (por no usar otra palabra) de su parte de firmar un dictamen en blanco y confiar en esta gente«. O, lo que sería aún peor y más grave, es que se trate de «una irregularidad tremenda en el manejo de los dictámenes que obliga a exigir aclaración a los presidentes de comisiones y autoridades de la cámara«.
¿Será una cargada?
Si hay algo que viene haciendo atentamente el exfuncionario provincial es analizar de cerca la Ley Ómnibus. De tanto observar se encontró con un detalle no menor y lo compartió en las redes sociales. «El artículo 3 del dictamen de mayoría de la ley Ómnibus es un mamarracho. Por ley se pretende limitar el plazo por el cual una ley puede ser prorrogada por el mismo Congreso».
Kosiner continuó explicando que «vencido el plazo de delegación de facultades del Congreso al PE por un año, se establece que: “Dicho plazo podrá ser prorrogado por el Congreso de la Nación por el plazo máximo de UN (1) año». Sin embargo, «en realidad vencido el plazo originario el congreso (a criterio de los sectores que acompañan el dictamen) podría volver a reunirse y prorrogar la delegación por el plazo que se le ocurra. A modo de cierre, aclaró que esta delegación de facultades otorgaría al propio presidente la capacidad de prorrogarse asímismo el plazo hasta que termine su mandato.