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POLÍTICA

Se aprobó la prohibición de dispositivos móviles en clase

Se establece que los alumnos no podrán usar dispositivos digitales en el horario de clases, salvo autorización expresa del docente a cargo y/o autoridades del establecimiento,

Celular en la escuela
Celular en la escuela

SALTA (Redacción) – En la Cámara de Diputados de Salta se abordaron varios proyectos legislativos, entre ellos se trabajó con el que busca poner límites al uso del celular por parte de los estudiantes. Esto se aplicaría tanto en el ámbito público como privado. Pablo Pereyra director de Asociación de Establecimientos Educativos Privados (AEEPSa) abordó esta decisión.

Antes que nada, destacó que para cada institución la situación es diferente. «Cada institución está acorde a los avances tecnológicos, no podemos estar ajenos a esos avances», señaló en primer lugar Pereyra. También recordó que «el dispositivo celular es una herramienta muy útil para el desarrollo de las clases». Sin embargo, también ocurre que «a veces los chicos usan el celular con la excusa que hacen alguna tarea, están distrayéndose».

De todos modos, no se mostró en desacuerdo con esta medida pero si planteó que lo adecuado sería trabajar en un uso conciente del celular. «El tema de la decisión es correcta pensando en la adicción que puedan generar los dispositivos, no podemos negar que distraen», replicó el director de AEEPSa.

Por el contrario, también señaló que «más que prohibirlo, hay que desarrollar una conciencia de un uso responsable; más que cambiar métodos, la palabra aquí es la concientización para un uso responsable». En definitiva, Pereyra detalló que el uso de dispositivos tecnológicos hoy forma del sistema educativo.

Lo que dice la ley

En el articulado de la norma, se establece que los alumnos no podrán usar dispositivos digitales en el horario de clases, salvo autorización expresa del docente a cargo y/o autoridades del establecimiento, conforme a los casos en los que específicamente se permita su uso contemplado en el Protocolo que dictará la Autoridad de Aplicación en un plazo de 60 días contados a partir de la publicación de esta Ley.

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