SALTA (Redacción) – Si bien todavía no han registrado numerosos casos de coronavirus en Salta, las autoridades provinciales están completamente abocadas a impedir que haya nuevos contagios en el distrito. Por este motivo, le recordaron a la población que no deben salir de sus hogares de manera innecesaria, por lo menos hasta el 31 de marzo. Ante ello, enfatizaron en que no se podrá circular por las calles sin el certificado laboral.
En este panorama, las autoridades del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia de Salta aclararon nuevamente en que consiste el régimen que se encuentra en vigencia. De esta manera, remarcaron que los operativos de fiscalización labores se encuentran a cargo de la Secretaría de Trabajo de la Provincia. A su vez, los funcionarios del área indicaron que estos lineamientos están determinados por la resolución 219/2020 del Ministerio de Trabajo de la Nación.
Solo personal esencial
A través de esta normativa, el Ejecutivo nacional garantizó que todas las personas que sean consideradas «personal esencial» podrán seguir transitando por la vía pública para concurrir a sus empleos. Además, aludieron que los sectores que forman parte de este régimen están contemplados por el artículo 6 del DNU que dictó el Presidente Alberto Fernández. Sin embargo, aseguraron que estos operarios tendrán que portar una credencial para constatar esta información.
En estos documentos, la dependencia pública o la empresa para la que trabajan debe determinar el rol que cumple cada empleado. Además, refirieron que este certificado servirá para que los efectivos que custodian el cumplimiento de la cuarentena obligatoria los dejen circular sin problemas. Al mismo tiempo, señalaron que estos trabajadores también deberán cumplir las medidas de higiene para evitar el contagio del coronavirus COVID-19.
Desde la secretaría aclararon que estos documentos deberán contener los siguientes datos: nombre de la empresa; nombre del trabajador, número de documento; domicilio: calificación como personal esencial; y dirección del lugar de trabajo. Finalmente, el área provincial destacó que el artículo 6 del DNU estipula cuáles son las excepciones al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. En esta línea, refirieron que están admitidos aquellos que brindan actividades y servicios esenciales en la emergencia.