SALTA (Redacción) – La capital salteña se vuelve testigo de múltiples medidas que buscan avanzar en materia de modernización y ordenamiento. Algunas son más repudiadas que otras en su aplicación. Es el caso de las polémicas bicisendas impuestas por la Municipalidad de Salta. Al mismo tiempo, el Concejo Deliberante aprobó el proyecto que hace del soterrado del cableado aéreo una realidad en el marco del desarrollo urbano.
Con una modificación a la Ordenanza N° 13.779, los concejales de la ciudad acordaron que se permitirán las redes aéreas en aquellas áreas urbanísticas consolidadas en las que en el entorno inmediato tengan instalados este tipo de tendidos. Las nuevas urbanizaciones contarán con redes de energía eléctrica y de alumbrado público que se realizarán con un sistema de postes multiservicio. Los mismos serán de hormigón prefabricado, de madera y/o de cualquier otro material aprobado.
En una entrevista brindada a FM Profesional 89.9, el concejal José Gauffin, autor del proyecto afirmó que la iniciativa llega a un punto de equilibrio. “Nosotros no queremos una ciudad llena de cables ni somos enemigos del soterrado; sí queremos ser realistas y entender que en las nuevas urbanizaciones tenemos que poner un orden y ser racionales en nuestra situación económica”, analizó.
¿Cuáles son las modificaciones al Código de Planeamiento Urbano Ambiental?
En esta línea, dio cuenta del alcance de esta inversión. “La obligación de soterrar implica una enorme erogación en la inversión de la obra, que representa cuatro veces más que una red aérea. El gobierno provincial ha argumentado muchas veces que si tendría que hacer el soterrado haría un 5% menos viviendas”, recordó Gauffin. El edil sostuvo que la normativa vigente se volvía de difícil aplicación por su alto costo.
A su vez, recordó que esto generaba constantes pedidos de eximición para avanzar con las obras, tanto públicas como privadas. Ahora, el Código de Planeamiento Urbano Ambiental cuenta con este anexo de redes cableadas. En el texto se contempla además, que la responsable del mantenimiento será la empresa concesionaria de la distribución de energía eléctrica, por ser el primero en construirse y porque constituye un servicio esencial.
Mientras que las empresas prestadoras de otros servicios cableados deberán pedir autorización, coordinar y acordar la instalación de sus redes. También se establece la prohibición de la instalación de nuevos postes para el cableado de otros servicios en los loteos y urbanizaciones que cuenten con el mencionado sistema. La resolución consigna además que si por condiciones técnicas, un servicio no pudiera instalarse en éste deberá hacerlo en forma soterrada.
Finalmente, la normativa indica también que en las urbanizaciones ubicadas en vacíos urbanos y/o áreas no consolidadas, que se caracterizan por permanecer en estado natural, será obligación del propietario urbanizador instalar las redes cableadas en forma soterrada. Finalmente, deberán dejar previstas las canalizaciones para los servicios de telecomunicación a instalarse en el futuro.