SOCIEDAD

Vuelos en la Argentina: ¿Cuál será el protocolo que aplicará para este medio de transporte?

Buscan que con el regreso de los vuelos no aumenten los casos de COVID-19.

Vuelos

SALTA (Redacción) – El ministro de Transporte de la Nación, Mario Meoni, anunció de forma oficial el retorno de los vuelos en la Argentina. De esta forma, la actividad volvería a funcionar luego de estar casi 8 meses en pausa. Sin embargo, el retorno contará con un estricto protocolo para evitar que los casos aumenten y el virus se propague entre los usuarios de este medio de transporte.

El protocolo que se aplicarán en los vuelos de cabotaje y aviación en general incluyen varias restricciones. Entre ellas se encuentran: limitaciones para el ingreso a las estaciones aéreas, controles de temperatura y el uso obligatorio de barbijo tricapa para los pasajeros. Esto fue difundido por el Ministerio de Transporte de la Nación.

«Con el objetivo de que tanto el transporte público de pasajeros, como el transporte de cargas, sea seguro y se realice de acuerdo a las recomendaciones dictaminadas por el Ministerio de Salud, se establecieron diversos protocolos que incluyen medidas necesarias para brindar el servicio y recomendaciones para cuidar a los trabajadores y usuarios del transporte», reza la página del Ministerio.

Algunos ítems

Dentro de los principales cambios que habrán durante el viaje en avión, se encuentran la suspensión de entregas de mantas y auriculares. Tampoco habrá servicios de comidas o bebidas. Además, en la primera etapa del regreso de esta actividad solo podrán hacer uso de este medio de transporte aquellos que cuenten con el Certificado Único Habilitante para Circulación–Emergencia Covid-19.

En el caso de los aeropuertos, solo podrán ingresar acompañados aquellas personas que posean alguna discapacidad. Se harán controles de temperatura al ingresar y será obligatorio el uso de barbijo tricapa antes, durante y después de los vuelos. Este espacio deberá contar con señalética en pisos y cartelería para indicar la distancia mínima de separación requerida entre personas.

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