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Salta ya tiene una ley para comprar vacunas contra el coronavirus: ¿Qué pasó con Johnson & Johnson?

Finalmente el Gobierno salteño promulgó la normativa para comprar vacunas contra el coronavirus tras anunciar negociaciones.

Gustavo Sáenz con Juan José Esteban
Gustavo Sáenz con Juan José Esteban

SALTA (Redacción) – El gobernador Gustavo Sáenz promulgó este lunes la ley 8.256 que autoriza a la administración provincial a comprar vacunas contra el coronavirus. Cabe recordar que la Legislatura salteña sancionó el proyecto ante la posibilidad de que se adquieran dosis de la vacuna de Johnson & Johnson. Sin embargo, no hay novedades sobre esta negociación y además, el Gobierno nacional aceleró la distribución de componentes contra la enfermedad.

De esta manera, la normativa, que se oficializó a través del Decreto 484 que rubricó el gobernador Gustavo Sáenz y que se publicó en el Boletín Oficial, declara de interés público provincial la adquisición de vacunas. Y en el mismo sentido, establece el marco legal necesario y faculta al Ejecutivo de la Provincia a celebrar convenios y contratos con laboratorios.

Cabe recordar que durante el debate que se realizó en las dos cámaras de la Legislatura remarcaron que se trata de un marco legal «necesario» para negociar la compra de dosis. Así también lo era para suscribir contratos, incluir cláusulas de confidencialidad y de indemnidad patrimonial y para establecer seguimiento y control.

Convenios posibles remitidos a la Auditoria y a la Legislatura

En tanto, la ley autoriza al Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud Pública, a «suscribir compromisos de actuación conjunta y mancomunada con otras provincias, organizaciones gubernamentales, entidades nacionales e internacionales, universidades o particulares a fin de dar, facilitar o acelerar el cumplimiento del objetivo». Por otra parte, los contratos y convenios que se celebren deberán ser remitidos a la Auditoría General de la Provincia.

También a las autoridades de las dos cámaras legislativas con los recaudos correspondientes para respetar las cláusulas de confidencialidad que pudieran incluirse en los mismos. FInalmente, estas facultades y autorizaciones tendrán vigencia mientras dure la emergencia sanitaria declarada por la ley nacional 27.541, ampliada por el decreto 260/20 y por la norma que a futuro la prorrogue.

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