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SOCIEDAD

San Lorenzo: piden que la Corte de Justicia suspenda la actividad de una empresa por contaminación

Un fiscal le pidió a la Corte de Justicia que deje de funcionar la curtiembre que contamina el arroyo en el municipio de San Lorenzo.

Corte de Justicia
Corte de Justicia de Salta

SALTA (Redacción) – El fiscal Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo Nº 1, Rodrigo Erazo Schmidt, interpuso un nuevo recurso de apelación ante la Corte de Justicia de Salta. Allí reiteró su pedido de «suspensión provisoria» de la actividad industrial que realiza la firma Lauju SRL en el municipio de San Lorenzo por contaminación. «En defensa y protección del medio ambiente y los derechos de incidencia colectiva en general», apuntó el funcionario.

De esta manera, el fiscal interpuso este recurso porque el juez de Cámara Marcelo Domínguez había rechazado la suspensión de la actividad que realiza la curtiembre. Esta empresa ex Jamo, está ubicada en un inmueble de Atocha, en el municipio de San Lorenzo. Como se mencionó, el Ministerio Público Fiscal había solicitado esta medida para la protección del medio ambiente ante la contaminación de un arroyo de la localidad.

En este marco, el juez Domínguez consideró que la suspensión de actividades resulta «innecesaria». Según argumentó, que las medidas adoptadas hasta el momento “resultan adecuadas». «Para evitar el riesgo de daño al ambiente que podría eventualmente derivarse de la actividad industrial desarrollada por la firma accionada. Lo que evidencia que no se verifica en el caso el requisito del peligro en la demora, propio de toda medida cautelar”, agregó el magistrado.

Suspención del uso del agua y del vuelco de efluentes

Además, el Poder Judicial sostuvo que «el bien jurídico que se pretende cautelar ya se encuentra suficientemente resguardado». En este sentido mencionaron las «disposiciones adoptadas por la Secretaría de Recursos Hídricos». Entre las cuales mencionaron «la suspensión temporaria del uso del agua subterránea que interviene en el proceso productivo de la curtiembre». Asi también remarcaron que se suspendió el «vuelco de efluentes al Arroyo Isasmendi, sin el correspondiente permiso».

Por esta razón, el juez reconoció la falta de habilitaciones y ello motivó la nueva acción de del Ministerio Público Fiscal. Finalmente, Domínguez otorgó un plazo de sesenta días corridos a Luaju para que presente «Certificado de Aptitud Ambiental». Y también deberá presentar: «Certificado de uso no conforme; Permiso o concesión de agua pública; Permiso de vuelco de efluentes al arroyo Isasmendi».

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