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Condenaron a la provincia de Salta y la municipalidad de La Caldera a presentar un plan de manejo del agua de un río

Tras la demanda colectiva que impulsaron los vecinos de La Caldera, la Justicia condenó a la provincia de Salta y al municipio.

La Caldera
Contaminación de ríos en Salta - Imagen ilustrativa.

SALTA (Redacción) – La jueza María Victoria Mosmann, hizo lugar este lunes a la demanda de amparo colectivo interpuesta por José Ignacio Lazarte Vigabriel en su calidad de afectado, contra la Municipalidad de La Caldera y el Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta. El motivo es la contaminación del Río de este distrito. Y como consecuencia, las autoridades deberán presentar un plan de manejo del agua.

«Se condenó a las demandadas a confeccionar, presentar y ejecutar un Plan de Manejo Integral de la microcuenca del Rio La Caldera, valorándose para ello que es fundamental la protección del agua para que la naturaleza mantenga su funcionamiento como sistema, siguiendo la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al considerar que, es la lógica ecosistémica la que debe primar por sobre la tecnocrática y antropocéntrica», remarca el fallo de la magistrada Mosmann y bien explica El Intra.

«Se acudió al concepto de cuenca, y de vulnerabilidad, tornándose decisiva la aplicación de la garantía de no repetición prevista por el Acuerdo de Escazu, vigente a partir de este año», agregó el fallo que difundió el Poder Judicial de Salta. Por esta condena ambos distritos tienen que motrar «el plan de manejo fija etapas en razón del principio de progresividad». Esta debe tener «una línea de base ambiental o diagnostico». El plan también deberá realizarse «respetando los parámetros mínimos fijados por la legislación nacional y provincial».

Además, la jueza remarcó: “El Plan debe considerar una estrategia de estabilización de la microcuenca basada en la realización de acciones de infraestructura verde (tales como la reforestación y relocalización de elementos obstructores o desequilibrantes de la dinámica ecológica, entre otros), por sobre la infraestructura gris (tales como obras civiles, de maquinaria pesada y edificación hormigonada, entre otros), evaluando un balance progresivo de la recuperación y saneamiento de la cuenca”.

Por último resaltó en la sentencia que durante el proceso «se realizaron una serie de acciones en las que participaron las accionadas y los actores». «Ello fue en el marco de una mesa de trabajo conformada en una de las audiencias celebradas, la que se desarrollo de modo colaborativo, con avances como la confección del protocolo para crecidas e inundaciones de La Caldera, y también en la creación de la Junta Municipal de Defensa Civil de la Caldera», cerró.

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