La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que los nuevos créditos a tasa cero podrán solicitarse entre el 4 y hasta el 29 de mayo, inclusive. La entidad fiscal anunció estos plazos en la Resolución General 4707/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial. Además, comunicó que esta línea de financiamiento podrá ser requerida por aquellos monotributistas y autónomos que cumplan con los requisitos que fijó la Jefatura de Gabinete. El monto máximo a pedir será de $150.000 y se acreditará mediante la tarjeta de crédito.
Los requisitos para el préstamo
De esta manera, la AFIP explicó en su disposición que la extensión de la cuarentena trajo aparejada “una disminución de la actividad productiva”. y que esta situación afecta, por un lado, a los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Y por el otro, impacta en aquellos inscriptos en el Régimen de Trabajadores Autónomos. Con estos motivos, el Gobierno nacional ideó estos préstamos para asistir a ambos sectores.
En tanto, los créditos a tasa cero se encuadran dentro del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). Cabe apuntar que para acceder a ellos, los contribuyentes deben ingresar al sitio web de la AFIP con su clave fiscal (nivel de seguridad 2). Es requisito fundamental que los solicitantes hayan registrado previamente su domicilio fiscal electrónico en la página. En tanto, para adherirse a este último, el usuario debe verificar su correo electrónico en el sistema registral e informar su teléfono.
¿Cómo se tramita el crédito?
Luego, el próximo paso será dirigirse dentro de la web a la solapa “Crédito Tasa Cero” para completar la gestión. Allí, el solicitante deberá informar el monto total pretendido. El sistema le indicará el mínimo y máximo al que podrá acceder según su categoría del monotributo. Posteriormente, deberán indicar el CBU y el número de la tarjeta de crédito en la que se acreditarán los tres tramos del financiamento que se cancelarán en 12 meses.
Tras completarse la carga de información requerida, los datos se enviarán al Banco Central de la República Argentina (BCRA) para que los verifique. Allí, si la entidad determina que la solicitud no puede avanzar, el sistema le indicará al monotributista o autónomo por qué se le denegó el préstamo. Aquí cabe destacar que uno de los motivos que se tiene en cuenta al momento de la aprobación es la calificación del contribuyente como deudor.
¿Qué sucederá con el pago del monotributo ?
Como bien informa El Intransigente, a quienes sí les autorizaron el crédito sus bancos le sumarán a cada tramo el monto equivalente a tres períodos fiscales consecutivos. Esto significa que las entidades bancarias pagarán los tres volantes electrónicos de pago (VEP) en nombre del contribuyente. Por este motivo, las personas que estén adheridas al débito automático deberán solicitar un stop debit por los meses que se cancelen con esta modalidad.