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Cuarentena: permiten actividades profesionales en seis provincias

El Gobierno nacional agregó actividades profesionales dentro de las excepciones de la cuarentena en seis provincias

Cuarentena
Hay profesionales exceptuados de la cuarentena en seis provincias.

El Gobierno nacional dispuso oficialmente flexibilizar la cuarentena y permitir el “ejercicio de profesiones liberales”. Estas incluyen a abogados y contadores, en seis provincias. La medida fue publicada en el Boletín Oficial de este viernes, mediante la decisión administrativa 622/2020. El Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Salud, Ginés González García, aprobaron la iniciativa. De esta forma, se permiten nuevas actividades en Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén y Jujuy.

Los detalles de la flexibilización

En este sentido, el documento oficial explica: “Exceptúase, en el marco de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 355/20 del cumplimiento del ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio’. Y de la prohibición de circular, en el ámbito de las Provincias Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén y Jujuy. Al ejercicio de profesiones liberales, en los términos establecidos en la presente decisión administrativa”.

Las personas incluidas dentro de estas actividades que se dispusieron para la flexibilización deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19″. Este documento será necesaria para su movilidad en plena cuarentena. Además, la medida también regula a las personas que requerirán estos servicios. En ese caso, quienes concurran a ver a un profesional, para poder circular podrán utilizar “la constancia del turno otorgado para su atención”.

Deberán seguir protocolos sanitarios

Esta normativa dispone que las actividades deberán cumplir con todos los protocolos sanitarios dispuestos en el marco de la pandemia del coronavirus. De la misma forma, la medida prevé que tanto el jefe de Gabinete, como el gobernador de las jurisdicciones incluidas, podrán dejar sin efecto esta excepción. La decisión podrá ser “en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial. Y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia COVID-19“.

“Cada Jurisdicción provincial deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades profesionales exceptuadas», indica el documento. «Pudiendo limitar su alcance a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios. O establecer requisitos específicos para su desarrollo, que atiendan a la situación epidemiológica local. Y a las características propias del lugar. Con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus“, resalta el texto.

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