SALTA (Redacción) – La crisis económica demanda soluciones y beneficios tanto para empresarios como para los consumidores. A partir de esta relación imperante entre oferta y demanda para sostener con vida el mercado, emergen disposiciones del gobierno nacional en el marco de la pandemia. Por ello, prorrogaron hasta el 31 de octubre próximo la vigencia de los precios máximos.
La resolución 254/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, publicada en el Boletín Oficial, extiende los alcances de la resolución 100/2020 de la misma dependencia. La medida incluye a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), y a los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo que cuenten con salón de ventas.
Estos rubros deben mantener como precios máximos de venta al consumidor final para 304 productos en total. Deben incluir a aquellos precios efectivamente informados por cada comercializadora al Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA) vigentes al 6 de marzo de 2020. Debido a que la presente situación económica se ha profundiza, se vuelve necesario hacer una extensión.
Lo mismo rige para todos los distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras y servicios, y prestaciones. Los cuales están pensados para destinarse a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, y esparcimiento. En este caso deben mantener los precios vigentes al 6 de marzo último para venta a consumidores, hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, mini mercados minoristas y supermercados mayoristas.
Disposiciones paralelas
Además, Comercio Interior intimó a las empresas. En este sentido, incluyó a las que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización. La resolución las obliga “a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada”. Además, instaron a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de la presente medida”.