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Legalización del aborto: anunciaron tres cambios antes de su votación en el Congreso

El proyecto de Ley para la interrupción voluntaria del embarazo tuvo tres modificaciones antes del debate en Diputados.

legalización del aborto

SALTA (Redacción) – La Cámara de Diputados de la Nación alcanzó el dictamen del proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) o legalización del aborto. Lo alcanzó con 77 votos a favor y 30 en contra. Pero tras debatir en el recinto, se hicieron tres cambios al documento que presentó el Poder Ejecutivo Nacional. Según explicó la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, las modificaciones “son menores”. Y consideró que “algunas están vinculadas a la redacción”.

“El más importante es el que establece un Artículo 11 que no estaba previsto. Que es ‘qué sucede con aquellas pacientes que en el momento de requerir la práctica quien la atiende es un objetor de conciencia y todos los profesionales del mismo establecimiento lo son’”, indicó la funcionaria. “En esos supuestos se establece una obligación de derivar. El establecimiento tiene la obligación de derivar a alguien que efectivamente lleve adelante la práctica”. Así lo detalló en declaraciones a medios nacionales como bien cita El Intransigente.

Los puntos modificados del Proyecto

Luego, la segunda modificación en el Proyecto para legalizar el aborto es: “En términos de redacción, en cuanto al consentimiento que se requiere a las menores de edad”. Por esto, Gómez Alcorta explicó: “El artículo 26 del Código Civil al que se remite dice que mayores de 16 años tienen pleno consentimiento para llevar adelante cualquier práctica vinculada a su cuerpo». «Entre 13 y 16, que son adolescentes, el Código Civil dice que siempre que no esté en juego la vida o no se trate de un tratamiento invasivo, alcanza con el consentimiento de la adolescente. De 13 para menos, siempre se requiere el consentimiento”, aclaró.

La ministra también se refirió a si la práctica de un aborto es o no invasiva: “Ahí tenemos una cuestión que tiene que ver con la remisión, a una resolución del Ministerio de Salud. La que explica que no es cualquier aborto porque dependerá de cuáles son las condiciones en que se tenga que llevar adelante esa interrupción legal del embarazo”. Y agregó: “Cuando se trata de una ingesta de medicamentos para la interrupción y se trata exclusivamente de la interrupción por medio de ese método no es invasivo».

La intervención de los docentes, trabajadores sociales

«Pero eso es una remisión porque los tratamientos invasivos no van a ser exclusivamente vinculados al aborto”, especificó Gómez Alcorta. Por esta razón, apuntó: “El sistema de Salud define qué tratamiento es invasivo y cuál no. Se va a utilizar el criterio usual del sistema sanitario y se hace una remisión directa al Código Civil y Comercial”, afirmó. Finalmente, se refirió al tercer cambio efectuado en el Proyecto de Ley.

La funcionaria señaló que trata sobre la “inclusión” en casos de “violaciones a niñas o adolescentes». «Donde toma conocimiento un médico, una docente o un trabajador o trabajadora social”, apuntó y señaló cuál será su responsabilidad. «Tienen obligación, por un lado, de denunciar penalmente. Y por otro, tienen obligación de pedir asistencia a los organismos del sistema integral de la Niñez”, enfatizó Gómez Alcorta.

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