ARGENTINA

El gobierno anunció el Plan Básico Universal de $150 para servicios de telecomunicaciones

Considerando la falta de conectividad y los aumentos que regirán desde enero, oficializaron una medida para compensar las subas.

ENACOM

SALTA (Redacción) – No termina el año y la agenda económica, social y política se reactiva como nunca antes con medidas de todos los tintes. En este marco se conoció la curiosa propuesta del gobierno nacional. Como todo en el país, los aumentos vuelven inaccesibles muchos servicios y productos. Frente a ello, el gobierno oficializa precios populares o fija planes para sostener el consumo. Es así que se conoció el Plan Básico Universal para telecomunicaciones.

Tal y como El Intransigente, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, afirmó que la pandemia “desnudó la falta de conectividad y la brecha digital” que había en la Argentina. Sus palabras formaron parte del discurso que dio en la presentación del Plan Básico Universal para garantizar los servicios de comunicación móvil, telefonía fija, conexión a internet y TV por suscripción.

“Este decreto significa un desafío para generar mayor conectividad y accesibilidad”, señaló Cafiero. Además, de acuerdo a NA, el Jefe de Gabinete destacó que, “a partir del primero de enero, se pondrá en funcionamiento este nuevo plan que va a alcanzar a más de 10 millones” de personas. El mismo compensará de esta manera el aumento inicial del 5 % en los servicios de telecomunicaciones.

“Para nosotros es muy importante por el alcance que tiene la política pública”, resaltó. En la misma línea, Cafiero explicó que “la reglamentación establece que los servicios de TICS y de acceso a las telecomunicaciones sean declarados como servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia”. De esta manera, se busca garantizar su consumo y sostener su vigencia.

¿A quiénes alcanza esta política pública?

Del mismo modo, el Jefe de Gabinete aseguró: “Estamos convencidos de que el ejercicio pleno de la ciudadanía implica el acceso a la tecnología. Por eso, allí donde el mercado todavía no ha podido resolver, tiene que estar la mano presente del Estado; llevando adelante este tipo de políticas públicas”. Por ello, compartió en sus redes sociales un breve video explicativo.  Cafiero hizo el anuncio de la Prestación junto con la secretaria de Innovación, Micaela Sánchez Malcolm, y el titular del ENaCom, Claudio Ambrosini.

Asimismo , anunciaron que quienes podrán acceder al Plan serán: Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años. También podrán hacerlo trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 año.

Se incluye además a beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y sus hijos entre 16 y 18 años; beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años; pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años; monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

A su vez, alcanzará a trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles. También se considerará a sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años; beneficiarios de seguro de desempleo como así también sus hijos de entre 16 y 18 años; beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años. 

La lista continúa

En la lista también figuran: usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar; personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años; beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años; clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.

Finalmente, se considera a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley. También a las entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro. De la misma forma, incluye a las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal.

Se trata de aquellas que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).

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