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POLICIALES

Violencia de género y amenazas en una causa por posible connivencia entre un juez y un auxiliar fiscal

El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, pidió que se corra vista con carácter de urgente a la o el Fiscal que por turno corresponda verificar posible obstrucción de la justicia.

SALTA (Redacción) – La causa por abusos policiales que tuvo lugar en Apolinario Saravia, trajo tela para cortar. Con capítulos de todos los matices, ahora se suma el del Procurador de la Provincia, Abel Cornejo. El mismo denuncia una posible obstrucción de la justicia por connivencia entre un juez y el auxiliar fiscal de Apolinario Saravia, Sergio Dantur. La causa estaría teñida de acciones que bien podrían ser calificadas como amenazas y violencia de género.

En este sentido, adjudicó que se debe a “los efectos institucional y procesalmente devastadores” que produjo el fallo de la Sala I del Tribunal de Impugnación, en el marco de la investigación del caso concreto. También pidió que se investigue la posible comisión de los delitos obstrucción a la justicia y de violencia institucional de género, amenazas o coacción agravada, en perjuicio de la fiscal Simesen de Bielke.

Los cruces iniciales

Todo comenzó cuando  el Procurador tomó conocimiento a través del portal virtual del periódico El Expreso del 23 de diciembre. Allí dio cuenta que el auxiliar fiscal de Apolinario Saravia, Sergio Dantur, denunció penalmente a la fiscal Verónica Simesen de Bielke. El mismo le adjudicó el delito de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública.

Cabe recordar que Bielke tuvo a su cargo la investigación que culminó con la imputación penal de integrantes de la Policía Provincial y del propio auxiliar fiscal Sergio Ariel Dantur. Por su parte, Dantur se encuentra suspendido en el sumario disciplinario que se apoya en hechos anómalos. Sin ir más lejos, los mismos motivaron su separación en la titularidad de la Delegación Apolinario Saravia.

Tras ello,  la conducta de Simesen de Bielke ya fue evaluada por la fiscal Mónica Poma. La misma archivó las actuaciones en los términos del artículo 244 del Código de Rito. Esto, sin perjuicio de que su decisión se encuentra sometida a la decisión de la Fiscalía ante el Tribunal  de Impugnación. El dictamen de Poma se refiere a la remisión hecha por el juez de la Sala I del Tribunal de Impugnación, Luciano Martini.

La palabra del juez involucrado

Este último se pronunció unipersonalmente en un fallo sobre una apelación planteada por la defensa  de Dantur. En el fallo le atribuyó genéricamente la comisión de delitos a Simesen de Bielke. De allí que se entiende que Dantur aprovechó las implicancias y repercusiones del fallo del Juez. De acuerdo al procurador Cornejo, “aparece ahora en una conducta de manifiesta contraposición y desconocimiento de las expresas disposiciones que rigen en el Código Procesal Penal de Salta”.

A ello se suma que la acusación que realiza Dantur, fue debidamente analizada y resuelta por la fiscal Poma en su totalidad. En este sentido,  el delito que denuncia no constituye técnicamente un hecho nuevo en los términos del artículo 290 del Código de Rito. Por el contrario, es una consecuencia directa de lo dispuesto por el fallo dictado por la Sala I del Tribunal de Impugnación. Precisamente, Dantur tampoco compareció ni contradijo el archivo dictado por Poma.

Violencia de género, amenazas y obstrucción de la justicia

El Procurador también observó “una clara conducta de violencia institucional de género” en contra de Simesen de Bielke. Para ello, recordó el artículo 4º de la Ley 26.485, de Protección Integral de las Mujeres. En este sentido, el mismo observa una clara pretensión de amedrentamiento amenazante o coactivo (artículos 149 bis y 149 ter inciso 2º del Código Penal). También, señaló la obstaculización a sus funciones, (art.241 inc.2 del Código Penal).

Estos hechos podrían tornarse en delitos de amenazas o coacción agravada en su contra como también el injusto de obstrucción a la justicia. En palabras del Procurador, ““los efectos de la sentencia, claramente, han impedido el avance de la investigación penal preparatoria, porque son un escollo insalvable para la Fiscal actuante en el conocimiento y corroboración de una prueba determinante que permitió a Dantur, obrar del modo temerario en el que lo viene haciendo”.

Además de corroborar el entrecruzamiento de llamadas y los mensajes recibidos por uno de los principales imputados en la causa de origen, el Procurador arremetío nuevamente contra Dantur. “Si lo que agraviaba a Dantur era el secuestro de su aparato telefónico, pudo haber manifestado en el acto su oposición. Sin embargo, tampoco lo hizo, sino que convalidó todo lo inicialmente actuado”.

Es así que el Procurador entiende que “desde el inicio de la causa hasta la fecha, al Ministerio Público Fiscal le resultó fácticamente imposible producir esa prueba». A la par de ello, se le privó deliberadamente de tal evidencia y se favoreció la situación procesal de uno de los imputados. También consideró impropio “que en una República se condicione o se pretenda frenar, obstaculizar o condicionar el alcance de una investigación penal ante hechos de inusitada gravedad”.

 La causa de origen

De esta manera, todavía se intenta descubrir la verdad de lo que sucedió a partir de la detención irregular del Sr. Luciano Diez, que se encuentra filmada por cámaras de seguridad en la plaza de Apolinario Saravia. El hecho ocurrió el 28 de junio de este año alrededor de las 4.30 de la mañana.  De ese hecho delictivo, denunciado por Diez ante la Fiscalía de Derechos Humanos y ante la Oficina de Asuntos Internos del Ministerio de Seguridad provincial tomó conocimiento de manera casi inmediata el auxiliar fiscal, Sergio Dantur.

Desde entonces y hasta ahora, tuvo un cabal conocimiento de todo lo acontecido. a su vez, tuvo la posibilidad cierta de haber denunciado a quienes habían cometido un ilícito. El mismo fue posteriormente debidamente investigado y próximo a ser elevado a juicio para su juzgamiento.  Consecuentemente, afirmó el Procurador, “lo que se observó a posteriori es un claro afán del funcionario del Ministerio Público de deslindarse de toda responsabilidad en el asunto”.

Las fantasmas en el escritorio del auxiliar fiscal Dantur

El Procurador de hecho, recordó que la  auditoría practicada sobre al Delegación a su cargo determinó fehacientemente un notable descontrol en la labor diaria y expedientes penales acumulados por doquier, varios de los cuales vinculados a delitos graves. A ello le  sumó que “esta suerte de ofensiva pública montada en contra de las fiscales Simesen de Bielke y Mónica Poma y del Ministerio Público Fiscal, denota un manifiesto y espurio interés en deslindar las responsabilidades que eventualmente podrían caber a Dantur”.

A ello, se pone en duda el  fallo judicial. Precisamente, se cuestiona que no se haya seguido el procedimiento de práctica, ya que el mismo consideraba que la fiscal Simesen de Bielke había cometido alguna falta. Por ejemplo,  enviar a la Procuración General de la Provincia las copias pertinentes de las actuaciones, señalando en forma clara, precisa y concreta cada una de las supuestas anomalías que hubiese cometido”.

“Hubo una suerte de andanada tendiente a generar confusión en la opinión pública y a intentar plantear el asunto como un conflicto de poderes. En realidad de lo que se trata de es una investigación penal por delitos graves”, sentenció el Procurador Abel Cornejo.  

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