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POLÍTICA

Diputados aprobaron una medida que impactará de lleno en el trabajo de los abogados en la Provincia

Como fruto de la pandemia, la modificación extiende los plazos que tienen los abogados para presentar recursos de inconstitucionalidad.

Cámara de Diputados de Salta
Cámara de Diputados de Salta

SALTA (Redacción) – Algunos cambios en los hábitos más simples y hasta en los reglamentos institucionales más densos, llegaron para quedarse. Mientras tanto, otras medidas sólo buscan paliar la coyuntura que le toca vivir a cada sector. En este marco, diputados provinciales le dieron el visto bueno y un gran reconocimiento al proyecto para modificar el Código Procesal Civil y Comercial de Salta. La misma tiene como protagonista a los abogados de la Provincia.

El proyecto aprobado amplía el plazo que tendrán los abogados salteños para presentar recursos de inconstitucionalidad, como consecuencia de las imposibilidades de viajar que impuso la pandemia. En este sentido, la modificación favorecería la accesibilidad y el proceso de trabajo de los litigantes en el proceso judicial respectivo.

 “Este proyecto se funda en el acceso pleno de la justicia y al debido proceso legal”, dijo Gladys Moisés sobre la modificación. En una entrevista brindada a Radio Profesional FM 89.9, la legisladora destacó el fuerte acompañamiento que recibió de sus pares del interior de la provincia. «Entendieron que existía esta asimetría, y era necesario igualar el acceso a la Justicia a todos los ciudadanos de la provincia», subrayó.

Garantías laborales

Asimismo, agregó que recibió felicitaciones tanto en la Legislatura como al volver a Metán, donde la llamaron para adherir a su propuesta. Cabe recordar que en el interior de Salta la situación epidemiológica empeora cada día y da cuenta de ciertas inconvenientes al momento de trasladarse. Por este motivo, los abogados que tengan a la distancia como un obstáculo, se les garantizará un proceder justo en relación a su trabajo.

Con el cambio realizado, el artículo 298 quedaría redactado de la siguiente manera: “El recurso de constitucionalidad o inconstitucionalidad, deberá interponerse fundado en su procedencia ante el tribunal que haya decidido el punto controvertido en última o en única instancia y en el plazo de cinco días, con la ampliación que corresponda en razón de la distancia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 158”.

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