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POLÍTICA

Un giro para la política: rigen modificaciones para la conformación de partidos políticos y agrupaciones municipales

A partir de la modificación a la Ley Orgánica las agrupaciones municipales tendrán más exigencias para su conformación.

Elecciones en Salta
Elecciones en Salta

SALTA (Redacción) – Tras la histórica suspensión de las elecciones PASO en Salta, otro debate da lugar a una modificación que afecta de lleno la contienda política. Precisamente, el Senado provincial aprobó un proyecto que modifica la Ley Orgánica de Partidos Políticos y Agrupaciones Municipales. La iniciativa pasó en revisión a la Cámara de Diputados.

Caber recordar que el proyecto aprobado, de autoría del senador Sergio Ramos, modifica los artículos 10; 11; 32 y 35 de la Ley Orgánica 6.042. Precisamente, son éstas las modificaciones que dan lugar a mayores exigencias para ser parte de las elecciones. En este sentido, aumenta el piso de electores para las Agrupaciones Municipales y los requisitos para la certificación de las afiliaciones.

En pos de una auténtica representatividad

Durante el tratamiento, la senadora Silvina Abilés indicó que la voluntad de participar hace que surjan diversas agrupaciones municipales. A su vez, el sistema de las PASO, había llevado a que en algunos departamentos surjan muchísimas. Por ejemplo, la senadora citó el caso de Rosario de Lerma, señalando que allí hay casi 50 agrupaciones considerando su territorio.

“Pasa el tiempo y esas agrupaciones desaparecen después de las elecciones. La ley Orgánica es muy flexible por eso establecemos más requisitos para que no se conviertan en instrumentos jurídicos vacíos de toda representatividad efectiva en la sociedad”, dijo la legisladora. Además, el proyecto establece que el Tribunal Electoral estará facultado para exigirle al apoderado que certifique la veracidad de las adhesiones o afiliaciones en miras a garantizar la representatividad tan vapuleada.

De este modo, los municipios de hasta 10 mil habitantes, deberán cumplir con algunos ítems, de manera previa a conformar una Agrupación. Precisamente, deberán tener  como mínimo 350 adhesiones, para los que tienen hasta 50 mil habitantes, 700 adhesiones y los que tengan 100 mil habitantes. Finalmente, 1400 afiliaciones, los que superen los 100 mil, deberán reunir como mínimo el 2 por ciento del padrón electoral.

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