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POLÍTICA

Modificaciones al Código Tributario y la Ordenanza Tributaria Anual: exenciones por un lado y aumentos impositivos por el otro

Impuestos, tasas, derechos, contribuciones, así como las actualizaciones, intereses y multas se vieron modificados.

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SALTA (Redacción) – De la misma manera que aprobaron el Presupuesto Municipal 2021, el Concejo sumó modificaciones al Código Tributario y aprobó también la Ordenanza Tributaria Anual que regirá para el ejercicio con una UT de 22,88 pesos y de 9,35 para el Impuesto Automotor.  Las modificaciones afectan de lleno las obligaciones tributarias de cada sector de la comunidad.

En primer lugar, se modificaron ocho artículos y se dejaron sin efecto cuatro títulos del Código Tributario Municipal. Cabe recordar que se trata de la normativa que consigna las obligaciones tributarias. Es decir, impuestos, tasas, derechos, contribuciones, así como las actualizaciones, intereses y multas. En la oportunidad, se aprobó también la Ordenanza Tributaria Anual que regirá para el ejercicio 2021. 

En el marco del Código Tributario, ahora deberán incorporar el domicilio fiscal electrónico; también se incluye  la Estabilidad de la Declaración Jurada; la Determinación de Oficio;  la Tasa de Diversiones y Espectáculos Públicos; las Exenciones a Establecimientos Educativos; la Tasa Sobre Publicidad y Propaganda y al Impuesto a la Radicación De Automotores. Asimismo, se dejan sin efecto la Contribución que incide sobre los Mercados y Mataderos. También se eliminó la Tasa por Servicios de Protección Sanitaria y de Inspección Sanitaria e Higiénica de Productos y Animales.

La postura de los ediles

En relación a la iniciativa que modifica el Código Tributario, la concejala Frida Fonseca (Salta Tiene Futuro), señaló que buscan simplificar los requerimientos tributarios para que sean más sencillo para el vecino.   También tomó la palabra Jorge Altamirano (Salta nos Une). El mismo hizo referencia a que las modificaciones “van de la mano de la Ordenanza Tributaria Anual”.

Por su parte, Romina Arroyo (Salta tiene Futuro) hizo referencia a algunos de los cambios introducidos en la norma.

En este sentido, destacó la inclusión en la exención de la Tasa de Diversiones y Espectáculos Públicos organizados por contribuyentes inscriptos en la Tasa por inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene. De hecho, se incluye a los que no posean omisiones formales y materiales exigibles al mes anterior a la realización del espectáculo. Al mismo tiempo, destacó el título del Impuesto a la Radicación de Automotores, en lo vinculado al valor de Cuotas Vencidas.

La Unidad Tributaria aumenta un 33%: «el aumento es un peso para los vecinos»

En cuanto a la Ordenanza Tributaria que regirá para el ejercicio 2021, se fija una Unidad Tributaria de 22,88 pesos y de 9,35 para el Impuesto Automotor. Precisamente, esto una actualización de un 33%. Se dispone además el otorgamiento de incentivos al pago por adelantado y al cumplimiento tributario. Para ello, se estipulan beneficios impositivos para los vecinos que realicen el pago de los tributos de manera anual; como así también a quienes adhieran al débito automático o por tarjeta de crédito.

La concejala y miembro informante, Frida Fonseca, destacó el análisis e hizo referencia a que “se ha consensuado con el DEM que no se incrementen unidades tributarias en algunos ítems, esto con el objeto de preservar y contener a los vecinos”. En tanto, José Gauffín (Juntos por el Cambio) resaltó que la readecuación del valor de la UT “no impactará en los sectores de menores recursos».

Por su parte, Laura García (Frente de Todos) consideró que el aumento es un peso para los vecinos de la ciudad. Por ello, alentó además a que lo recaudado se invierta en obras trascendentales para los vecinos. En tanto, Candela Correa (Todos por Salta) manifestó su desacuerdo en relación a la readecuación de la Unidad Tributaria.

Impuestos para Mercados y Mercaditos

Finalmente se sancionó la Ordenanza que establece modificaciones en el artículo 28 de la normativa N° 12371. Los cambios fijan en Unidades Tributarias el valor que se deberá abonar por la ocupación y explotación de cada uno de los puestos del Mercado y los Mercaditos en concepto de derecho de piso. Los cambios introducidos consignan que el derecho de Piso Diario para los rubros señalados en los incisos desde a) hasta k) del artículo 23 de la Ordenanza N° 12371 será de 2 UT; para los indicados en los incisos I), m) y n) y los locales con salida exterior será de 5 UT; y los señalados en los incisos o), p), q) y r) y los locales con salida al exterior, abonarán 6 UT.

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