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POLÍTICA

Acoso callejero en Salta: una diputada ingresa de nuevo el proyecto a la Legislatura

Una legisladora provincial impulsa agregar el «acoso callejero» al Código Contravencional y remarcó que ya rechazaron un proyecto similar.

abuso sexual en Salta
Acoso callejero - Imagen ilustrativa

SALTA (Redacción) – La Cámara de Diputados de la Provincial vuelve a sesionar este martes y una legisladora impulsa debatir la incorporación del «acoso callejero» en el Código Contravencional. Precisamente busca agregar «un artículo que sancione al acoso sexual en espacios públicos o privados de acceso público». Del mismo modo remarcó que una proyecto similar ingresó a la Legislatura pero perdió el estado parlamentario al no sancionarlo.

Se trata de la diputada provincial Socorro Villamayor, del bloque Salta Tiene Futuro, quien sumó la iniciativa al acta de labor parlamentaria para este 15 de junio. Según detallaron desde el recinto legislativo: «Propone incorporar el artículo 115 a la Ley N° 7135 ‘Código Contravencional de la Provincia de Salta’. Referente al acoso sexual en espacios públicos o ‘acoso callejero’. Cabe señalar que no obtuvo dictámenes de las Comisiones de Justicia; de Derechos Humanos; de la Mujer; y de Legislación General.

«Es imperioso sancionar el acoso sexual callejero»

Luego, en el breve resumen del Proyecto, la legisladora apuntó que se entiende como “acoso callejero”. «Comprende en un sentido amplio a las acciones físicas o verbales con contenido sexual contra una persona que no quiere participar de esas acciones», explica en primer lugar. En tanto, la legisladora también sentencia sobre la importancia de implementación: «Resulta imperioso sancionar el acoso sexual callejero«.

«Porque afecta la dignidad y los derechos fundamentales de la persona acosada, quien sufre un ataque a su libertad, integridad y derecho de libre tránsito», agregó Villamayor. De la misma manera, señaló: «Todas las personas gozan del derecho a transitar libremente y con la seguridad de no sufrir ningún tipo de violencia. Independiente del contexto, la edad, la hora del día o el vestuario que ocupa la persona agredida, los derechos no deben depender ni suspenderse por detalles del entorno».

El artículo apunta que “será sancionado con arresto de hasta veinte días o multa de hasta veinte días a quienes en espacios públicos o privados de acceso público, despliegue conductas o acciones, físicas o verbales, con connotación sexual y no consentida, en contra de cualquier persona”. Por último, se debe mencionar que los Diputados trataron un proyecto de similar pero perdió estado parlamentario sin que haya obtenido sanción definitiva.

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