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POLÍTICA

Principio de acuerdo con LuSal: se le exigen varios requisitos para seguir cobrando el servicio

El Ente Regulador habilitó al LuSal seguir cobrando la Tasa de Alumbrado Público a cambio de cumpla con un conjunto de requisitos.

LuSal
Empresa LuSal

SALTA (Redacción) – Entre idas y vueltas, discusiones y especulaciones se llevó a cabo la reunión entre el gerente de LuSal, autoridades municipales y el Concejo Deliberante de Salta. Emilio Tuñon, encargado de la administración de la prestadora del alumbrado público confirmó el compromiso firmado con el Ente Regulador para seguir cobrando a través de la boleta de EDESA.

Este encuentro se realizó el jueves pasado en las oficinas del Ente Regulador con el objetivo de destrabar el conflicto. Se firmó un acuerdo que deberá cumplir LuSal para seguir cobrando el valor del servicio. De este modo, se confirmó la continuidad del cobro de la Tasa del Alumbrado Público en la ciudad de Salta.

«Con el apoyo de casi todos los representantes en que este servicio está vinculado a la seguridad pública, los sectores que intervienen en el control y fiscalización del servicio hemos acordado presentar informes y requisitos al Ente Regulador para su revisión y aprobación y se contemple la continuidad del cobro a través de la facturación de Edesa», expresó el gerente de LuSal.

Requisitos fundamentales a cumplir por parte de la empresa

Dentro del acuerdo firmado, será obligatorio que tanto EDESA como LuSal lleven a cabo un conjunto de procedimientos e indicaciones en la factura. Entre ellos, se tiene que destacar la categoría del usuario, los números de resoluciones que permitan los incrementos y detallar las tarifas de cada usuario. Cumpliendo esto se garantizará que el Ente Regulador siga cobrando la Tasa de Alumbrado Público.

«Se ha hablado de un incremento del 40% y no es real. La resolución N° 78 de 2022 que se aprobó tiene un incremento de 16.6% y la última aprobada es la N° 121 del 2022, con un icremento de 15,15%. Son resoluciones que se actualizan periodos distintos por la inflación, y en ninguno de los casos se llegó al 40%», aclaró Tuñon. Esta fue la respuesta sobre lo que dijo el defensor del Pueblo, Federico Núñez Burgos.

Por último, se refirió sobre «la audiencia pública que es solo obligatoria en aquellos servicios declarados esenciales como la energía y el servicio del agua. Nuestro servicio no está calificado como esencial, por lo que no requiere audiencia pública», aclaró el gerente de LuSal. Concluyó aclarando que «esa instancia de audiencia público es requerida para servicios públicos declarados esenciales, cosa que no sucede con el alumbrado público»

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