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Beneficios para los consumidores: no cobrarán intereses por cuotas impagas de créditos bancarios

La medida tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.

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SALTA (Redacción) – Considerando las circunstancias económicas que caracterizan al país y la provincia en este tiempo de pandemia y de profunda recesión financiera, amerita habilitar estrategias que colaboren con la realidad de los consumidores y usuarios; de hecho, tampoco la tienen fácil. De allí que surge la disposición que rige sobre cuotas impagas de créditos otorgados por entidades financieras.

Por ello, la Secretaría de Defensa del Consumidor, informo a quienes tienen créditos vigentes que el Banco Central (BCRA), que prorrogó hasta el 31 de diciembre la suspensión del cobro de intereses punitorios. Esta resolución aplica para las cuotas impagas de créditos. Los mismos deben ser  otorgados por entidades financieras, incluyendo aquellos que se actualizan por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA). Se excluye a las financiaciones con tarjetas de crédito.

De esta manera, los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras cuyas cuotas vencen entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2020, no devengarán intereses punitorios. «De esta manera las cuotas impagas deberán incorporarse en los meses siguientes al final de la vida del crédito, considerando el devengamiento de la tasa de interés compensatorio”, analizó María Pía Saravia. La misma es titular del organismo dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia.

Otras alternativas

Por otra parte, la funcionaria recordó que aún sigue vigente la posibilidad de revertir los débitos directos y los débitos automáticos. Esto puede realizarse dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha del débito. Asimismo, aplica para la obligación de las entidades de devolver los fondos dentro de los 3 días hábiles de la solicitud realizada por el usuario

Por último, el Directorio de la autoridad monetaria prolongó la vigencia, hasta el 31 de diciembre de 2020, de la disposición que extiende 60 días los plazos habituales de mora máxima. Esto incluye a la calificación de deudores en los niveles 1, 2 y 3. Además, la Secretaría de Defensa del Consumidor recibe consultas y denuncias en la plataforma digital www.salta.gov/defensadelconsumidor

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