SOCIEDAD

Fondo Provincial de Inversiones: ¿a quiénes incluye la nueva línea de crédito?

El fondo por ley de 200 millones de pesos está destinado a financiar capital de trabajo.

SALTA (Redacción) – En medio de la crisis económica y sanitaria que atraviesa la provincia, se vuelve urgente repensar las estrategias para sacar a flote los balances, los puestos de trabajo y las oportunidades. En este contexto, se conoció una resolución pensada para el sector comercial, turístico y gastronómico. Se trata del Fondo Provincial de Inversiones.

Según consigna el Boletín Oficial, la creación del Fondo Provincial de Inversiones, destinará el importe de doscientos millones de pesos ($200.000.000,00). El mismo está pensado se implemente a través del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable. Para ello, se destinará una línea de crédito destinada a financiar capital de trabajo.al sector comercial, turístico y gastronómico, excepto comercio electrónico, farmacias y supermercados.

La Ley Nº 6.891, crea la línea de Crédito “Asistencia Financiera de Emergencia al sector Comercial Turístico y Gastronómico”. La misma  faculta a la Unidad de Promoción y Financiamiento dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable a dictar las normas necesarias tendientes a implementar la línea de crédito creada para compensar la caída.

El responsable de nutrir el fondo es el Ministerio de Economía y Servicios Públicos de acuerdo a los créditos que se vayan otorgando solicitados por los beneficiarios. Mientras tanto, el Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, deberá depositar a Rentas Generales de la Provincia, los recuperos de los mismos. Este fondo implica que la cartera de Hacienda deberá realizar las reestructuraciones presupuestarias necesarias a fin de garantizar el cumplimiento del presente decreto.

Detalles de la Ley

Según expresa la misma, tiene en primer lugar y por objeto: financiar las inversiones en activos de trabajo, a través de la modalidad de descuento de cheques de pago diferido individuales emitido por el beneficiario. Luego, figuran como beneficiarios y destinatarios,  los sujetos y empresas dedicados a la explotación de locales comerciales, turísticos y gastronómicos, dentro el territorio provincial.

Al respecto del monto, se establece un monto nominal máximo para cada operación de crédito de hasta $ 360.000 (pesos trescientos sesenta mil) por beneficiario. En cuanto al destino del crédito, las asistencias crediticias tendrán como destino el financiamiento de inversiones en activos de trabajo por parte de empresas del rubro comercial y gastronómico.

Paralelamente, las exclusiones son claras. No podrán ser beneficiarías de la presente línea, las empresas de sectores que desarrollen su actividad mediante la modalidad de comercio electrónica. Tampoco aquellas dedicas a la comercialización de productos farmacéuticos y el comercio masivo de productos alimenticios, higiene personal y/o limpieza (tales como los supermercados)

Otros ítems a tener en cuenta

En cuanto al plazo y forma de pago , los créditos serán otorgados a un plazo máximo de hasta 180 (ciento ochenta) días. Lo harán bajo la modalidad de descuento de cheques de pago diferido. Los cheques deberán emitirse distantes en hasta 30 (treinta) días entre cada uno de ellos. En relación a la garantía, el tomador deberá garantizar el pago de cada una de las cuotas mediante la entrega de cheques de pago diferido.

Los intereses tienen también ítems a tener en cuenta. Para cada cheque de pago diferido, se practicará un descuento o actualización equivalente a la tasa de interés nominal anual pasiva para plazo fijo a 30 días, vigente en el Banco de la Nación Argentina. Para determinar el valor del crédito a liquidar, el beneficiario deberá presentar hasta 4 (cuatro) cheques de pago diferido, hasta la suma nominal fijada en el punto 3 del presente. A ello, se le aplicará un descuento de hasta 90, 120, 150 y 180 días, respectivamente, calculados con la tasa indicada en el párrafo precedente. Finalmente, al respecto de la vigencia, la presente línea se mantendrá vigente hasta el día 31 de diciembre v de 2.

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