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Condenaron a Salta y deberán pagarle a una mujer que perdió a su hija y sufrió la extracción de su útero

Se trata de un caso que sucedió en Salta hace doce años y finalmente tuvo un desenlace a favor de la víctima por un fallo de la Justicia.

Salta
Embarazo - Imagen ilustrativa

Una sala de la Corte de Justicia de Salta revocó una sentencia y, tras doce años, condenó al Estado salteño a pagarle a una mujer el «daño material y moral» que le causó la pérdida de su hija. Se trata de un caso que sucedió en 2009 y finalmente tuvo un desenlace a favor de la víctima. Las deficiencias del servicio de salud pública en los hospitales salteños provocó el fallecimiento de la criatura y también puso en riesgo de la vida de la mujer.

Como bien informa El Intra, el Poder Judicial de Salta recordó que el trágico episodio se produjo en abril de 2009, cuando una mujer perdió su hija por nacer y además sufrió la extracción de su útero (histerectomía) como consecuencia de varios motivos. «Un conjunto de actividades y circunstancias que corresponden a la órbita de deberes del Estado provincial y cuya concurrencia en el caso provocó una deficiente atención, lo que exige la consecuente reparación», apuntaron los jueces del caso.

En tanto, sobre el lamentable episodio repasaron que la mujer se encontraba en el tramo final de su embarazo y comenzó con pérdidas de sangre el 29 de abril de 2009. Primero la trasladaron al hospital de Apolinario Saravia sin la presencia de un profesional. «Cuando llegó al hospital con contracciones y dolores, fue derivada a la sala de partos donde se concluyó la inexistencia de dilatación y de actividad cardíaca del feto pese a que la mujer dijo sentir los movimientos de la niña», detalló el fallo del caso.

Luego la madre terminó derivada al hospital de Joaquín V. González en una ambulancia donde viajaba con una enfermera. Sin embargo, el profesional médico que la recibió ordenó otra derivación, esta vez hacia el Hospital del Milagro en la ciudad de Salta. Ante el inminente traslado, la paciente solicitó que le practiquen allí mismo la cesárea. Allí le respondieron que el bebé necesitaría una incubadora y que, después de operada, igualmente debería ser trasladada a Salta.

«La derivación se hizo en la misma ambulancia, con el mismo chofer, sin médico y con la misma enfermera que iba en la cabina mientras que junto con la mujer iba su pareja», rememoró el Poder Judicial sobre el caso. Una vez que llegaron al centro de salud de la Capital salteña se confirmó el peor final. «Al verificarse el estado en el que se encontraba la paciente se le realizó una ecografía, constatándose que la niña ya no tenía vida», precisaron las autoridades.

Como consecuencia, los magistrados condenaron al Estado Provincial a: «Pagarle a una mujer 210 mil pesos en concepto de daño material y moral más intereses». «Estos intereses deberán ser calculados al 8 por ciento anual desde el momento del hecho hasta la sentencia y desde ese momento hasta el efectivo pago a la tasa activa cartera general -préstamos- nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina», remarcaron ante el tiempo que pasó desde que sufrió la dolorosa pérdida.

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