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Ingreso Familiar: Los rechazados tendrán una nueva oportunidad en mayo

Anses informó que quienes se anotaron para recibir el bono de 10 mil pesos y fueron rechazados tendrán una nueva oportunidad

Ingreso Familiar de Emergencia
Ingreso Familiar de Emergencia.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó que quienes se inscribieron en el Ingreso Familiar de Emergencia y fueron rechazados tendrán una nueva oportunidad en mayo. De esta manera, los que se anotaron para cobrar el monto de $10.000 y recibieron como una respuesta “solicitud denegada”, tendrán una nueva chance para poder percibirlo. Cabe recordar que el bono es de carácter extraordinario y se otorga en el marco de la cuarentena obligatoria por el coronavirus.

¿Cómo y dónde consultar sobre el Ingreso Familiar?

Como bien informó la Anses, abrirán una nueva instancia cuando se termine de otorgar la primera etapa. En mayo analizarán todos los casos que no aprobaron para cobrar el bono en esta oportunidad. Entre varios motivos, se debe a los cambios que se pudieron haber producido en la situación laboral. O en el familiar de la persona y no se informaron al Estado. De este modo, el organismo estatal a cargo de Alejandro Vanoli no descarta volver a entregar el beneficio de Ingreso Familiar de Emergencia. Sobretodo, teniendo en cuenta la reciente extensión del aislamiento social.

Se podrán realizar reclamos desde el sitio web del organismo. Esto, en el caso de que la solicitud haya pasado del mensaje “siendo analizada” a “denegada” o si directamente “denegada”. En el portal podrán acceder a la dirección de mail consultas@anses.gov.ar, o por teléfono al número 130. En esta línea, la entidad brindará más información para quienes se anotaron al beneficio y cuya inscripción fue rechazada. Esto se fija para que en la nueva inscripción no tengan inconvenientes.

¿Por qué son los rechazos?

Por otra parte, sobre el rechazo de la solicitud, Anses explicó que se produce si el solicitante o algún miembro del grupo familiar tuvo ingresos en los últimos 6 meses en un promedio mensual superior a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil. O si realizó gastos y/o consumos con tarjetas de crédito y/o débito que superen en más del 70% de los ingresos calculados. También en el caso de que obtuvo rentas financieras mayores a $ 66.917 para el período fiscal 2018.

De esta manera, como bien indica El Intransigente, también podrá ser denegada si declaró en el Impuesto sobre Bienes Personales un importe cuatro veces superior al importe anualizado. El Ingreso no será otorgado a quienes registren la tenencia de automotores por un valor de 1,5 veces el importe anualizado. Y rige además para la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil y embarcaciones.

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