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Cuarentena: extendieron la prohibición de cortes de servicios

El Gobierno nacional extendió la prohibición de cortes de servicios por falta de pago durante la cuarenta obligatoria

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El Gobierno prorrogó la prohibición de cortes de servicios.

El Gobierno nacional determinó prorrogar hasta fines de este mes la suspensión de los cortes de servicios por falta de pago. La decisión del Poder Ejecutivo quedó plasmada en el Decreto 426/2020, que se publicó hoy en el Boletín Oficial. En tanto, la medida se encuadra dentro de la cuarentena obligatoria que se instauró por la pandemia de coronavirus. Además, extendieron la prohibición de cerrar cuentas bancarias o de aplicar multas por cheques rechazados.

No se pueden cortar servicios

Por este decreto, hasta el 31 de mayo, las empresas prestadoras o proveedoras de luz, gas, agua e Internet no podrán aplicar cortes ni suspensiones. La prohibición alcanza también a las compañías de telefonía fija o móvil y de televisión por cable, vínculo radioeléctrico o satelital. Esta iniciativa busca amparar a los usuarios que acumulen hasta tres facturas consecutivas o alternas sin pagar o en mora. Cabe apuntar que no incluye a todas las boletas, sino solo a aquellas: “Cuyos vencimientos hubieran operado a partir del 1º de marzo de 2020”.

En este sentido, el Gobierno también extendió la obligación para las prestatarias de servicios de telefonía, Internet y TV para que mantengan un servicio reducido. El Decreto 311/2020, que fue el que dio origen a todas estas disposiciones, estableció que esta condición debía prolongarse por un plazo de 180 días corridos. Cabe apuntar que alcanza tanto a los servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) como a los usuarios de líneas prepagas que no carguen saldo.

Sobre la extensión de la política pública, el Poder Ejecutivo Nacional aclaró que tiene la facultad de prorrogar los plazos de estas medidas por otros treinta días. Y desde la Casa Rosada apelaron a esta potestad ante una nueva extensión de la cuarentena, que fue prolongada por el presidente Alberto Fernández hasta el 10 de mayo. Además, según estima el médico epidemiólogo Eduardo López, las medidas de aislamiento podrían extenderse hasta septiembre.

No se cierran de cuentas bancarias

Finalmente, cabe señalar que además de prohibir los cortes de servicios, el Gobierno determinó que no podrán cerrarse cuentas bancarias. Este plazo será hasta el 30 de junio. También se suspendió la exigencia de solicitarles a quienes piden un crédito una constancia o declaración jurada de libre de deuda en concepto de atribuciones y aportes. En el Decreto 425/2020, también se prolongó la imposibilidad de aplicar multas a quienes liberen cheques que sean rechazados por falta de fondos, como bien informó El Intransigente.

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