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Prohibir las excarcelaciones ante delitos graves: el proyecto de Graciela Camaño

La legisladora nacional Graciela Camaño presentó un proyecto de ley para tratar las liberaciones de presos ante el coronavirus

Graciela Camaño
La legisladora Graciela Camaño presentó un proyecto de ley ante las liberaciones de presos por el coronavirus.

La diputada nacional de Consenso FederalGraciela Camaño, presentó esta jornada un proyecto de ley sobre la polémica de la liberación de presos. En su iniciativa propone directamente que se prohíban las excarcelaciones por delitos graves. Cabe recordar que la situación carcelaria se volvió el tema de la semana luego de la medida judicial que avaló prisiones varias domiciliarias para detenidos. Estas tenían la finalidad de evitar contagios de coronavirus dentro de las cárceles.

Proyecto tras la polémica

En este sentido, la decisión de la Justicia hizo que se manifestara una gran parte de la población mediante cacerolazos que se llevaron adelante en diferentes jurisdicciones. La iniciativa, presentada el jueves pasado, contempla que ciertos acusados no salgan de prisión en este contexto. Se incluye a quienes cometieron delitos como homicidios, secuestros, violaciones. Como bien apunta El Intransigente, también abarca los relacionados con hechos de corrupción.

De esta manera, Graciela Camaño busca una modificación del Código Procesal Penal, el Código Penal y a la ley de Ejecución Penal. En el proyecto, los jueces: “No podrán, en ningún caso, conceder la prisión domiciliaria a personas condenadas por determinados hechos a los que se considera como ‘graves’”. “Si frente a una epidemia o pandemia, resultare indispensable la reducción de la cantidad de personas privadas de la libertad, la excarcelación no podrá, en ningún caso, concederse a personas condenadas por esos hechos”, destaca el documento.

¿Qué indica el proyecto?

El texto además indica que si se otorga la prisión domiciliaria para delitos menores: “Deberá ir precedida de un informe del establecimiento penitenciario”. Este reporte deberá incluir “la necesidad de la reducción de la cantidad de personas privadas de la libertad con motivo de lapandemia, en dicho establecimiento. Por no existir ni poder recurrirse y tener accesos objetivamente a medidas alternativas aplicables. A fin de asegurar el derecho a la vida y a la salud”.

Luego, el proyecto agrega que “podrá denegarse la exención de prisión o excarcelación, respetándose el principio de inocencia y el articulado del Código. Cuando la objetiva y provisional valoración de las características del hecho. La posibilidad de la declaración de reincidencia, las condiciones personales del imputado. O si éste hubiere gozado de excarcelaciones anteriores, hicieren presumir, fundamentalmente, que el mismo intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones”.

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